Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.Téngase en cuenta que, además de los preceptos anulados expresamente por la Sentencia del TS de 19 de mayo de 2026, Ref. BOE-A-2026-12300, que así se indica en este Real Decreto, se anulan cualesquiera otras previsiones o menciones referidas al registro único contenidas en otros apartados, según establece la citada Sentencia.
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
Ayúdenos a mejorar: puede dirigir sus comentarios y sugerencias a nuestro Servicio de atención al ciudadano
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid