[Disposición derogada]
COMPILACIÓN DEL DERECHO CIVIL DE CATALUÑA
TÍTULO PRELIMINAR. De la aplicación del Derecho Civil de Cataluña
TÍTULO II. De las medidas de protección de los menores desamparados y de la adopción
TÍTULO III. Del régimen económico conyugal
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
CAPÍTULO II. De las donaciones y otras disposiciones por razón de matrimonio
CAPÍTULO III. De las donaciones entre cónyuges
CAPÍTULO VII. Del «aixovar» y del «cabalatge»
CAPÍTULO VIII. Del esponsalicio o «escreix»
CAPÍTULO X. De los bienes privativos
CAPÍTULO XI. De los regímenes de comunidad
Sección Primera. De la asociación a compras y mejoras
Sección Segunda. Del pacto de igualdad de bienes y ganancias
Sección Tercera. Del «agermanament» o pacto de mitad por mitad
Sección Cuarta. Del pacto de «convinença» o «mitja guadanyeria»
CAPÍTULO XII. De las compras con pacto de sobrevivencia
TÍTULO IV. De los heredamientos
LIBRO SEGUNDO. De las sucesiones
TITULO I. Disposiciones generales
TÍTULO II. De la sucesión testada
TÍTULO III. De las donaciones por causa de muerte
TÍTULO IV. De la sucesión intestada
TÍTULO V. Disposiciones comunes a la sucesión testada e intestada
LIBRO TERCERO. De los derechos reales
TÍTULO I. De la tradición y de la accesión
TÍTULO III. De las servidumbres
CAPÍTULO I. Naturaleza, constitución y extinción
CAPÍTULO II. Derechos y obligaciones del dueño directo
CAPÍTULO III. Derechos y obligaciones del enfiteuta
CAPÍTULO IV. De la «rabassa morta»
LIBRO CUARTO. De las obligaciones y contratos y de la prescripción
TÍTULO I. De las obligaciones y contratos
CAPÍTULO I. De la rescisión por lesión: concepto y naturaleza
CAPÍTULO II. De la determinación de la lesión y de los efectos de la rescisión
CAPÍTULO III. De la venta a carta de gracia y de la «tornería»
Sección Primera. De la venta a carta de gracia
Sección Segunda. De la «tornería»
CAPÍTULO IV. Dels censals i els violaris
CAPÍTULO V. De los contratos especiales sobre explotación de tierras y sobre ganadería
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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