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Real Decreto 1483/2012, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada.

Publicado en:
«BOE» núm. 261, de 30/10/2012.
Entrada en vigor:
31/10/2012
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2012-13419
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2012/10/29/1483/con

Índice: «Modificación publicada el 01/03/2014»

[Preámbulo]

[Artículos]

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]

REGLAMENTO DE LOS PROCEDIMIENTOS DE DESPIDO COLECTIVO Y DE SUSPENSIÓN DE CONTRATOS Y REDUCCIÓN DE JORNADA

TÍTULO I. Procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción

CAPÍTULO I. Del procedimiento de despido colectivo

Sección 1.ª Objeto del procedimiento

Sección 2.ª Iniciación del procedimiento

Sección 3.ª Desarrollo del periodo de consultas

Sección 4.ª Finalización del procedimiento

CAPÍTULO II. Suspensión del contrato de trabajo y reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción

CAPÍTULO III. Disposiciones comunes a los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada

CAPÍTULO IV. Extinción de relaciones de trabajo por desaparición de la personalidad jurídica del contratante

TÍTULO II. Extinción y suspensión de relaciones de trabajo y reducción de jornada por fuerza mayor

TÍTULO III. Normas específicas de los procedimientos de despido colectivo del personal laboral al servicio de los entes, organismos y entidades que forman parte del sector público

CAPÍTULO I. Normativa aplicable

CAPÍTULO II. Procedimiento de despido colectivo aplicable en las Administraciones Públicas a que se refiere el párrafo segundo de la disposición adicional vigésima del Estatuto de los Trabajadores

Sección 1.ª Objeto del procedimiento

Sección 2.ª Iniciación del procedimiento

Sección 3.ª Finalización del procedimiento

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]


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