Está Vd. en

Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil.

Publicado en:
«BOE» núm. 289, de 29/11/2014.
Entrada en vigor:
30/11/2014
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-2014-12408
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/l/2014/11/28/29/con

JURISPRUDENCIA

Centro de Documentación JudicialComo complemento a la consulta del texto consolidado, puede acceder a una selección de sentencias recientes del Tribunal Supremo, realizada en colaboración con el Centro de Documentación Judicial (CENDOJ).

Esta selección tiene carácter meramente orientativo. Para disponer de información completa y pormenorizada de la jurisprudencia, consulte la base de datos del CENDOJ.


  • STS 2331/2020 (08/07/2020). Contencioso

    Guardia Civil. Retribuciones básicas y complementarias. Abono complemento específico singular y complemento de insularidad en situación de baja médica por insuficiencia temporal de condiciones psicofísicas.

  • STS 456/2020 (14/02/2020). Contencioso

    Función pública. Derecho a percibir determinadas retribuciones por parte de los miembros de la Guardia Civil en caso de que padezcan insuficiencia temporal de condiciones psicofísicas para el servicio.

  • STS 381/2020 (04/02/2020). Contencioso

    Guardia Civil. Retribuciones en situación de baja por enfermedad. Normativa de Seguridad Social. La prestación se calculará en función de las retribuciones del mes anterior a la baja laboral.

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid