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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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Orden SND/388/2020, de 3 de mayo, por la que se establecen las condiciones para la apertura al público de determinados comercios y servicios, y la apertura de archivos, así como para la práctica del deporte profesional y federado.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 123, de 03/05/2020.
Entrada en vigor:
04/05/2020
Departamento:
Ministerio de Sanidad
Referencia:
BOE-A-2020-4793
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2020/05/03/snd388/con

Índice: «Última actualización, publicada el 16/05/2020»

Téngase en cuenta que el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, finalizó a las 00:00 horas del día 21 de junio de 2020, por lo que debe entenderse que esta norma ha perdido su vigencia.

[Preámbulo]

CAPÍTULO I. Condiciones para la apertura al público de establecimientos y locales comerciales minoristas y de prestación de servicios asimilados

CAPÍTULO II. Condiciones en las que deben desarrollarse las actividades de hostelería y restauración

CAPÍTULO III. Condiciones en las que debe desarrollarse la actividad deportiva profesional y federada

CAPÍTULO IV. Condiciones para la apertura al público, realización de actividades y prestación de servicios en los archivos, de cualquier titularidad y gestión

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones finales]

[Firma]


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