Real órden declarando que las Salas de gobierno de las Audiencias son las únicas competentes para resolver las consultas, que sobre licenciamiento de penados por haber cumplido el tiempo de su condena, eleven á dichos Tribunales los Comandantes ó Directores de los presidios y demás establecimientos penitenciarios.
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«Gaceta de Madrid» núm. 52, de 21 de febrero de 1875, páginas 469 a 469 (1 pág.)