Real decreto autorizando al Ministerio de Fomento para que, por las Jefaturas de Obras públicas, se pueda disponer de los importes obtenidos con la enajenación de los productos de la poda del arbolado de las carreteras, siendo aplicados dichos productos a los fines que se indican.
Publicado en:
«Gaceta de Madrid» núm. 291, de 18 de octubre de 1925, páginas 258 a 259 (2 págs.)