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Documento BOE-A-1930-12650

Real decreto disponiendo que del importe de la recaudación a que asciende anualmente las primas del seguro obligatorio de viajeros por ferrocarril, se deducirá el 10 por 100 con destino a la Asociación general de Empleado y Obreros de los Ferrocarriles de España, distribuyéndose en la forma que se indica.

Publicado en:
«Gaceta de Madrid» núm. 333, de 29 de noviembre de 1930, páginas 1268 a 1268 (1 pág.)
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Previsión
Referencia:
BOE-A-1930-12650
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