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Documento BOE-A-1935-8137

Orden disponiendo que los Farmacéuticos para proveer de las substancias objeto d ela restricción, harán forzosa y obligatoriamente sus pedidos mediante libros talonarios previamente autorizados y sellados por los Inspectores regionales de estupefacientes o quienes desempeñen sus funciones.

Publicado en:
«Gaceta de Madrid» núm. 244, de 1 de septiembre de 1935, páginas 1747 a 1750 (4 págs.)
Departamento:
Ministerio de Trabajo, Sanidad y Previsión
Referencia:
BOE-A-1935-8137
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