Orden de 25 de agosto de 1951 por la que se fijan las condiciones en que podrán efectuarse los servicios discrecionales de transporte por carretera, de carácter internacional, a través de la frontera de la Línea de la Concepción.
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«Boletín Oficial del Estado» núm. 249, de NaN de de 1951, páginas 4175 a 4175 (1 pág.)