Orden de 27 de septiembre de 1956 por la que se determina el tamaño mínimo de las mallas para la pesca del bacalao y del eglefino en las zonas que se indican del Convenio Internacional de Pesquerías del Atlántico Noroeste.
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«Boletín Oficial del Estado» núm. 279, de 5 de octubre de 1956, páginas 6367 a 6367 (1 pág.)