Orden de 28 de julio de 1960 por la que se dispone que los Delegados de Intervención General en entidades autónomas podrán delegar en funcionarios de éstas la intervención de talones, cuando concurran las circunstancias que se expresan.
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«BOE» núm. 184, de 2 de agosto de 1960, páginas 10781 a 10781 (1 pág.)