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Documento BOE-A-1964-10628

Decreto 1807/1964, de 18 de junio, por el que se suspende parcialmente por tres meses la aplicación de los derechos establecidos en el Arancel de Aduanas a la importación de café sin tostar.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 153, de 26 de junio de 1964, páginas 8301 a 8301 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Comercio
Referencia:
BOE-A-1964-10628

TEXTO ORIGINAL

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ANÁLISIS

  • Rango: Decreto
  • Fecha de disposición: 18/06/1964
  • Fecha de publicación: 26/06/1964
  • Fecha de entrada en vigor: 26/06/1964
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE PRORROGA:
    • por Decreto 609/1967, de 16 de marzo (Ref. BOE-A-1967-7030).
    • la suspensión hasta el 26 de marzo de 1966, por Decreto 3164/1966, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-1966-21471).
    • la suspensión hasta el 26 de diciembre de 1966, por Decreto 2242/1966, de 13 de agosto (Ref. BOE-A-1966-15745).
    • la suspensión hasta el 26 de marzo de 1966, por Decreto 3741/1965, de 9 de diciembre (Ref. BOE-A-1965-22926).
    • lo indicado del Decreto 1807/1964, de 18 de junio, por Decreto 2784/1965, de 20 de septiembre (Ref. BOE-A-1965-19078).
    • la suspensión hasta el 26 de marzo de 1965, por Decreto 4210/1964, de 17 de diciembre (Ref. BOE-A-1965-1764).
    • hasta el 26 de diciembre de 1964, la suspensión indicada, por Decreto 3085/1964, de 8 de octubre (Ref. BOE-A-1964-18668).
Referencias anteriores
  • DEROGA:
  • SUSPENDE lo indicado, en la partida 09.01 A-1 y 2 del Arancel de Aduanas aprobado por Decreto 999/1960, de 30 de mayo (Ref. BOE-A-1960-7965).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 6.2 de la Ley 1/1960, de 1 de mayo (Ref. BOE-A-1960-7005).
Materias
  • Arancel de Aduanas
  • Café
  • Derechos arancelarios
  • Importaciones

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