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Documento BOE-A-1964-12699

Orden de 14 de julio de 1964 por la que se establecen las condiciones que precisan los Oficiales de la Marina Mercante para desempeñar plazas en los buques de pesca.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 170, de 16 de julio de 1964, páginas 9177 a 9178 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Comercio
Referencia:
BOE-A-1964-12699

TEXTO ORIGINAL

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ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 14/07/1964
  • Fecha de publicación: 16/07/1964
  • Fecha de derogación: 11/04/1976
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Orden de 28 de febrero de 1976 (Ref. BOE-A-1976-6041).
  • SE PRORROGA:
    • el art. transitorio, por Orden de 15 de septiembre de 1975 (Ref. BOE-A-1975-19385).
    • lo indicado, por Orden de 30 de marzo de 1974 (Ref. BOE-A-1974-587).
Materias
  • Buques
  • Capacitación profesional
  • Marinas Mercante y de Pesca
  • Pesca marítima
  • Tripulación

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