Orden de 4 de octubre de 1965 por la que se advierte a los concesionarios de los Depósitos de Aduanas la obligación de reembolsar los sueldos del personal de Aduanas liquidados conforme a la Ley 31/1965, sobre retribuciones, y se da a determinados concesionarios la opción de sustituirlo por el pago de dietas y gastos de locomoción del funcionario que haga el servicio.
[Disposición derogada]
Publicado en:
«BOE» núm. 259, de 29 de octubre de 1965, páginas 14784 a 14785 (2 págs.)