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Documento BOE-A-1967-13602

Corrección de erratas de la Orden de 21 de junio de 1967 por la que se aclara que el caucho regenerado debe considerarse incluido entre los productos afectados por el apartado cuarto de las excepciones y bonificaciones a la tarifa general 2.1.1 de la tasa 26.05, «Derechos obvencionales de las funcionarios de Aduanas».

Publicado en:
«BOE» núm. 193, de 14 de agosto de 1967, páginas 11457 a 11457 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1967-13602

TEXTO ORIGINAL

Texto no disponible. Consulte el documento PDF de esta disposición.

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 14/08/1967
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de erratas de la Orden de 21 de junio de 1967 (Ref. BOE-A-1967-11608).
Materias
  • Caucho
  • Derechos de aduana
  • Funcionarios públicos

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