Decreto 2147/1968, de 16 de agosto, por el que se establece un contingente arancelario exento de derechos mínimos específicos para la importación de mercancías correspondientes a las partidas arancelarias 56.01-A-3, 56.02-A-3, 56.04-A-3 y 56.05-A-3.
[Vigencia agotada]
Publicado en:
«BOE» núm. 226, de 19 de septiembre de 1968, páginas 13468 a 13468 (1 pág.)
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ANÁLISIS
Rango: Decreto
Fecha de disposición: 16/08/1968
Fecha de publicación: 19/09/1968
Fecha de entrada en vigor: 19/09/1968
Efectos hasta el 31 de diciembre de 1968.
Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias posteriores
SE PRORROGA hasta el 28 de febrero de 1969 el plazo de vigencia mencionado en el art. 1, por Decreto 3161/1968, de 26 de diciembre (Ref. BOE-A-1968-1560).
Referencias anteriores
DE CONFORMIDAD con:
el art. 2 del arancel aprobado por Decreto 999/1960, de 30 de mayo (Ref. BOE-A-1960-7965).
art. 6.4 de la Ley 1/1960, de 1 de mayo (Ref. BOE-A-1960-7005).
CITA Decreto 1187/1968, de 6 de junio (Ref. BOE-A-1968-674).