Padecido error en la inserción del citado Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 229, de fecha 23 de septiembre de 1968, páginas 13605 y 13606, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
En el segundo párrafo del preámbulo, cuarta y quinta líneas, donde dice: «...sin perjuicio de las posibles federaciones que puedan crearse en éstas.», debe decir: «...sin perjuicio de las posibles federaciones que puedan crearse entre éstas.»
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