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Documento BOE-A-1968-435

Decreto 618/1968, de 4 de abril, por el que se suspende total o parcialmente la aplicación de los derechos arancelarios a la importación de determinadas mercancías.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 83, de 5 de abril de 1968, páginas 5082 a 5082 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Comercio
Referencia:
BOE-A-1968-435

TEXTO ORIGINAL

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ANÁLISIS

  • Rango: Decreto
  • Fecha de disposición: 04/04/1968
  • Fecha de publicación: 05/04/1968
  • Fecha de entrada en vigor: 06/04/1968
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE PRORROGA:
    • hasta el 31 de marzo de 1970, por Decreto 384/1970, de 5 de febrero (Ref. BOE-A-1970-218).
    • con las Excepciones indicadas, la suspensión establecida, por Decreto 2238/1969, de 13 de septiembre (Ref. BOE-A-1969-1153).
    • hasta el 30 de septiembre de 1969 la suspensión establecida, por Decreto 1281/1969, de 12 de julio (Ref. BOE-A-1969-790).
  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 85 de 8 de abril de 1968 (Ref. BOE-A-1968-36970).
  • SE PRORROGA:
    • hasta el 31 de marzo de 1969 la suspensión de derechos Mencionada, por Decreto 3163/1968, de 26 de diciembre (Ref. BOE-A-1968-1562).
    • por 3 Meses la suspensión, por Decreto 2475/1968, de 25 de septiembre (Ref. BOE-A-1968-1207).
    • la suspensión establecida, por Decreto 1498/1968, de 4 de julio (Ref. BOE-A-1968-816).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 6.2 de la Ley 1/1960, de 1 de mayo (Ref. BOE-A-1960-7005).
  • CITA arancel aprobado por Decreto 999/1960, de 30 de mayo (Ref. BOE-A-1960-7965).
Materias
  • Carnes
  • Grasas
  • Importaciones
  • Productos químicos
  • Siderurgia

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