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Documento BOE-A-1971-824

Corrección de errores de la Orden de 30 de abril de 1971 por la que se desarrolla el Decreto 407/1971, de 11 de marzo, en cuanto a la Organización Central de la Hacienda Pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 153, de 28 de junio de 1971, páginas 10590 a 10591 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1971-824

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto remitido para su inserción de la citada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 111, de fecha 10 de mayo de 1971, se formulan a continuación las oportunas rectificaciones:

En la página 7475, segunda columna, apartado segundo, donde dice: «Impuesto General sobre el Tráfico de las Empresas, incluido el gravamen creado por el artículo 223, 2), de la Ley 41/1969, de 11 de julio, ...», debe decir: «Impuesto General sobre el Tráfico de las Empresas, incluido el gravamen creado por el artículo 233, 2), de la Ley 41/1964, de 11 de junio,...».

En las mismas página y columna, apartado cuarto, penúltima línea, donde dice: «Formación y conservación de Censos Urbanos.», debe decir: «Formación y conservación de Catastros y Censos Urbanos.»

En la página 7476, primera columna, apartado séptimo, línea 5, donde dice: «Impuesto General sobre el Tráfico de Empresas», debe decir: «Impuesto General sobre el Tráfico de las Empresas.».

En iguales página, columna y apartado, líneas 6 y 7, donde dice: «Impuesto General sobre Tráfico de Empresas (Ventas de fabricantes y mayoristas).», debe decir: «Impuesto General sobre el Tráfico de las Empresas (venta de fabricantes y mayoristas)».

En dichas página, columna y apartado, líneas 8 y 9, donde dice: «Impuesto General sobre Tráfico de Empresas (Ejecución de obras, servicios y demás operaciones tipicas).», debe decir: «Impuesto General sobre el Tráfico de las Empresas (ejecución de obras, servicios y demás operaciones típicas).».

En iguales página, columna y apartado, línea 11, donde dice: «Impuestos sobre el Lujo: Exenciones.», debe decir: «Impuesto sobre el Lujo: exenciones.».

En las mismas página y columna, apartado octavo, a continuación del primer párrafo, debe añadirse: «Estará integrada por las siguientes Secciones:».

En dichas página y columna, líneas 8 y 9 de dicho apartado, donde dice: «Impuestos Especiales sobre Alcoholes, Azúcares y Bebidas Refrescantes», debe decir: «Impuestos Especiales sobre Alcoholes, Azúcares, Bebidas Refrescantes, etc.».

En la misma página, segunda columna apartado decimocuarto, donde dice: «La Asesoría Jurídica que asistirá el Director general de Impuestos, ...», debe decir: «La Asesoría Jurídica que asistirá al Director general de Impuestos, ...».

En la página 7477, primera columna, apartado decimoctavo, número cuatro, donde dice: «... se entenderá referido a esta Dirección General de Inspección e Investigación cuanto se trata de las funciones expresadas en el punto número uno de este apartado.», debe decir: «... se entenderá referido a esta Dirección General de Inspección e Investigación cuando se trate de las funciones expresadas en el punto número uno de este apartado.».

En la misma página, segunda columna, apartado vigésimoquinto, línea 3, donde dice: «...Subdirección General de Organización de Información, ...», debe decir: «...Subdirección General de Organización e Información, ...».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 28/06/1971
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Orden de 30 de abril de 1971 (Ref. BOE-A-1971-611).
Materias
  • Dirección General de Impuestos
  • Dirección General de Inspección e Investigación Tributaria
  • Ministerio de Hacienda
  • Organización de la Administración del Estado
  • Secretaría General Técnica del Ministerio de Hacienda
  • Servicio Nacional de Loterías

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