Padecidos errores en la inserción de la citada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 1, de fecha 1 de enero de 1975, páginas 5 a 9, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 8, segunda columna, en la norma 25, donde dice: «de 250 a 400 viviendas, en dos solares como máximo, siendo uno de ellos por lo menos de 7.500 metros cuadrados, sin que el otro sea inferior a 2.000 metros cuadrados», debe decir: «de 250 a 400 viviendas, en dos solares como máximo, siendo uno de ellos por lo menos de 5.000 metros cuadrados sin que el otro sea inferior a 2.000 metros cuadrados».
En la página 9, primera columna, segunda línea, donde dice: «... por cada familia que exceda de seis...», debe decir: «...por cada familiar que exceda de seis...».
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid