Ilustrísimos señores:
La modificación introducida en la estructura orgánica de la Dirección General de Radiodifusión y Televisión y la consiguiente reordenación de los puestos directivos de Radiotelevisión Española, hace preciso modificar los artículos 3.° y 6.° de la Orden de 8 de marzo de 1974, a fin de adaptar la composición de la Junta de Publicidad a la nueva estructura.
En su virtud, he tenido a bien disponer.
Los artículos 3 y 6 de la Orden de 8 de marzo de 1974, por la que se regula la actividad de la Junta de Publicidad de Radiotelevisión Española, quedan redactados en la forma siguiente:
«Artículo 3.
La Junta de Publicidad de Radiotelevisión Española estará constituida por los siguientes miembros:
Presidente: Ministro de Información y Turismo.
Vicepresidente primero: Subsecretario de Información y Turismo.
Vicepresidente segundo: Director general de Radiodifusión y Televisión.
Vocales:
Subdirector general de Radiodifusión y Televisión.
Subdirector general de los Servicios de Radiodifusión y Televisión.
Jefe de los Servicios Informativos de Radiotelevisión Española, Adjunto al Director general de Radiodifusión y Televisión.
Director-Gerente de Radiotelevisión Española.
Subdirector general de Personal del Departamento.
Subdirector general de Actividades Publicitarias.
Oficial Mayor del Departamento.
Interventor del Departamento.
Presidente del Sindicato Nacional de la Información.
Abogado del Estado en la Dirección General de Radiodifusión y Televisión.
Director de Radio Nacional de España.
Director de Televisión Española.
Director Ejecutivo de Televisión Española.
Jefe de los Servicios Económico-Administrativos de la Dirección General de Radiodifusión y Televisión.
Gerente de Publicidad de Radiotelevisión Española.
Gerente adjunto de Publicidad de Radiotelevisión Española.
Actuará de Secretario un funcionario del Departamento, nombrado por el Presidente de la Junta a propuesta del Director general de Radiodifusión y Televisión.»
«Artículo 6.
Integrarán la Comisión Permanente los siguientes miembros de la Junta:
Presidente: Director general de Radiodifusión y Televisión.
Vicepresidente. Subdirector general de Radiodifusión y Televisión.
Vocales:
Subdirector general de los Servicios de Radiodifusión y Televisión.
Director Gerente de Radiotelevisión Española.
Director de Televisión Española.
Director de Radio Nacional de España.
Interventor del Departamento.
Director Ejecutivo de Televisión Española.
Jefe de los Servicios Económico-Administrativos de la Dirección General de Radiodifusión y Televisión.
Abogado del Estado en la Dirección General de Radiodifusión y Televisión.
Gerente de Publicidad de Radiotelevisión Española.
Gerente adjunto de Publicidad de Radiotelevisión Española.
Actuará de Secretario de la Comisión Permanente el de la Junta de Publicidad de Radiotelevisión Española.»
La presente Orden ministerial entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a VV. II. muchos años.
Madrid, 17 de enero de 1975.
HERRERA Y ESTEBAN
Ilmos. Sres. Subsecretario del Departamento y Director general de Radiodifusión y Televisión.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid