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Documento BOE-A-1975-20957

Resolución de la Dirección General de Ordenación Educativa por la que se desarrolla la disposición transitoria segunda de la Orden de 22 de marzo de 1975 sobre acceso al Bachillerato de los alumnos de tercero y cuarto cursos del Bachillerato Elemental y de los que posean el certificado de Estudios Primarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 243, de 10 de octubre de 1975, páginas 21366 a 21367 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1975-20957

TEXTO ORIGINAL

La disposición transitoria segunda de la Orden ministerial de 22 de marzo de 1975 («Boletín Oficial del Estado» de 18 de abril) contempla la situación de los alumnos de los cursos tercero y cuarto de Bachillerato Elemental que no hayan aprobado la totalidad de las asignaturas del curso correspondiente en las últimas convocatorias que les concede el Decreto 2459/ 1970, de 22 de agosto, y señala que podrán acceder al Bachillerato regulado en dicha Orden tras superar enseñanzas complementarias y de adaptación. Asimismo establece que, mediante estas enseñanzas, podrán acceder al Bachillerato los alumnos que estén en posesión del certificado de Estudios Primarios. Procede, pues, determinar cuáles son las enseñanzas adecuadas para los fines señalados.

En virtud de cuanto antecede, y de acuerdo con la autorización que le otorga la disposición final segunda de la Orden ministerial de 22 de marzo de 1975, esta Dirección General ha resuelto:

Primero.

Los alumnos de Bachillerato Elemental que tengan pendiente alguna asignatura de tercer curso al final del año académico 1974/75 o de cuarto curso al final del año académico 1975/76 y deseen acceder al primer año del Bachillerato regulado por la Orden ministerial de 22 de marzo de 1975, habrán de ajustarse a lo establecido en la Orden ministerial de 11 de septiembre de 1972 («Boletín Oficial del Estado» del día 20) para obtener el título de Graduado Escolar.

Segundo.

Los alumnos que estén en posesión del certificado de Estudios Primarios y deseen acceder al primer año de Bachillerato habrán de obtener asimismo el título de Graduado Escolar en la forma establecida por la Orden ministerial de 11 de septiembre de 1972.

Lo que comunico a V. S. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a V. S.

Madrid, 9 de septiembre de 1975.–El Director general, José Ramón Massaguer Fernández.

Sr. Subdirector general de Ordenación Académica.

 

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 09/09/1975
  • Fecha de publicación: 10/10/1975
Referencias anteriores
  • DESARROLLA la disposición transitoria segunda de la Orden de 22 de marzo de 1975 (Ref. BOE-A-1975-8175).
  • CITA:
Materias
  • Bachillerato
  • Certificado de Estudios Primarios

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