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Documento BOE-A-1975-2135

Resolución de la Dirección General de Transacciones Exteriores sobre la documentación que debe acompañarse a las solicitudes de autorización del Consejo de Ministros para efectuar inversiones extranjeras en Empresas españolas y en fincas rústicas.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 27, de 31 de enero de 1975, páginas 2128 a 2130 (3 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Comercio
Referencia:
BOE-A-1975-2135

TEXTO ORIGINAL

El Reglamento de Inversiones Extranjeras en España aprobado por Decreto número 3022/1974, de 31 de octubre, establece en su artículo 37.2 que la Dirección General de Transacciones Exteriores determinará, mediante Resolución publicada en el «Boletín Oficial del Estado», la documentación que debe acompañarse a las solicitudes dé autorización de inversiones extranjeras en España que hayan de ser elevadas al Consejo de Ministros.

En su virtud, esta Dirección General dispone:

Primero.

Las solicitudes de autorización de inversiones extranjeras en Empresas españolas que, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de Inversiones Extranjeras hayan de ser elevadas al Consejo de Ministros, deberán ser presentadas por sextuplicado a la Dirección General de Transacciones Exteriores, acompañadas de una memoria referida a los extremos que se especifican en el anexo número 1 de la presente Resolución.

Segundo.

En el supuesto de adquisición por extranjeros de fincas rústicas de extensión superior a cuatro hectáreas de regadío o veinte de secano, las solicitudes deberán presentarse por triplicado a la Dirección General de Transacciones Exteriores acompañadas de una memoria comprensiva de los extremos contenidos en el anexo número 2 de esta Resolución.

Madrid, 25 de enero de 1975.-El Director general, Félix Varela Parache.

ANEXO NUMERO 1
Extremos que han de constar en la Memoria adjunta a las solicitudes de autorización de inversiones extranjeras en Empresas Españolas

0. Identificación.

1. Localización proyectada.

2. Tecnología de los procesos productivos.

3. Aspectos laborales.

4. Estructuración del capital futuro.

5. Suministros necesarios.

6. Estudio económico.

7. Mercados.

8. Necesidades y producción de divisas.

9. Beneficio que la inversión de capital extranjero aportaría a la Empresa española y/o a la economía en general.

0. Identificación.

0.0. De la Empresa española (1).

(1) En el caso de Empresas a constituir, las características proyectadas. En el caso de Empresas existentes, las actuales.

0.0.  Forma jurídica.

0.01. Denominación.

0.02. Número del Censo Nacional de Entidades Jurídicas.

0.03. Domicilio.

0.04. Objeto social.

a) Sociedades, constituidas. Transcripción literal del objetó social que figura en sus Estatutos.

b) Sociedades a constituir. Transcripción literal del objeto social que figurará en sus Estatutos.

0.05. Capital social. Reservas. Participación nacional y extranjera, en su caso (2).

(2) Si la participación extranjera fuera superior al 50 por 100 del capital social deberá justificarse que está debidamente autorizada.

0.06.  Relación de Accionistas. Composición del Consejo de Administración y relación de personal directivo.

0.07.  Memoria y balance al menos de los dos últimos ejercicios económicos (acompáñense, cómo anexo 1, copias de la declaración del Impuesto de Sociedades).

0.08.  Composición de la cartera de valores.

0.09.  Fábricas de funcionamiento y gama de. producciones.

0.010. Cantidades y valoración de las producciones.

0.1.  Del inversionista extranjero (especifíquese el concepto que corresponda. Las memorias, balances, etc., se acompañarán como anexo 2).

0.10. Español con residencia habitual en el extranjero; o

0.11.  Persona física extranjera; o

0.12.  Persona jurídica extranjera de naturaleza privada.

Características.

0.2. Información general sobre el negocio que se va a crear, ampliar o modernizar.

1. Localización proyectada.

1.0. Especificación.

1.1. Razones de la misma.

2.  Tecnología de los procesos productivos.

2.0. Características técnicas del proyecto.

2.00. Presupuesto.

2.01. Planos de anteproyectos (acompáñese como anexo 3).

2.02. Diagrama del proceso de fabricación.

2.03. Plazo previsto para la puesta en marcha de las instalaciones.

2.1. Descripción tecnológica de los procesos (acompáñese como, anexo 4).

3. Aspectos laborales.

3.0. Número actual y futuro de puestos de trabajo.

Imagen: /datos/imagenes/disp/1975/27/02135_8543790_image1.png

3.1. Formación Profesional que da la Empresa a su personal.

3.2. Otras mejoras sociales que recibe el personal.

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(1) En caso de Empresa a constituir, sólo se utilizará la columna total.

(2) Especifíquese si se trata de maquinaria nueva o usada y descríbase en el punto 4.2.1.

4.2. Modalidades de la aportación de capital extranjero (artículo 3.° Decreto de 31 de octubre de 1974).

4.21. Equipo capital para el funcionamiento de la Empresa. Relación de maquinaria y utillaje extranjero: Características, valoración y procedencia.

4.22. Pesetas procedentes de cuentas A.

4.23. Pesetas procedentes de cuencas B.

4.24. Asistencia técnica, patentes y licencias de fabricación

4.3. Destino de la inversión de capital extranjero, cuya autorización se solicita:

  Pesetas
a)  Suscripción de acciones nuevas:  
  - Valor nominal  
  - Prima de emisión  
b) Compra de acciones en poder de nacionales representativas de ............................... (1) pesetas nominales ............................... (2)
    Total inversión extranjera  

(1) Pesetas nominales.

(2) Pesetas efectivas.

4.4. Plazo en que se realizará la inversión.

5. Suministros necesarios.

5.0.  Estimación de las necesidades de energía.

5.00. Electricidad.

5.01. Combustibles sólidos.

5.02. Combustibles líquidos.

5.1.  Materias primas.

5.10. Nacionales.

Relación detallada de las necesidades anuales, cantidad y valoración. Separando, en caso de ampliación las que vienen utilizando y las necesarias para la ampliación.

5.11. Extranjeras.

Relación detallada de las necesidades anuales, cantidad y valoración. Separando, en caso de ampliación, las que vienen utilizando y las necesarias para la ampliación.

5.2. Materias auxiliares.

5.20. Nacionales.

Relación de las necesidades anuales, cuantía y valoración.

5.21. Extranjeras.

Relación de las necesidades anuales, cuantía, valoración y procedencia.

6. Estudio económico.

6.0. Producciones.

6.00. Creación de Empresas.

Capacidad de producción de los principales, productos, elementos o piezas en la nueva industria.

6.000 En trescientas jornadas de ocho horas.

6.001 En trescientas jornadas de dos tumos.

6.002 En funcionamiento contínuo.

6.01. Ampliación o modernización de Empresas existententes. Capacidad de producción de los principales productos, elementos o piezas, separando la ya existente de la que se solicita.

6.010 En trescientas jornadas de ocho horas.

6.011 En trescientas jornadas de dos turnos.

6.012 En funcionamiento contínuo.

6.1. Estimación del precio de coste, con especificación porcentual.

Cuando se trate de una gama de producciones, se hará sobre aquellas que representan, al menos un 75 por 100 del valor de la producción.

6.10. Coste de las materias primas.

6.11. Coste de la mano de obra.

6.12. Coste de los demás conceptos.

7. Mercados.

7.0. Estimación de la cifra de ventas de la Empresa.

7.00. Especificación por destino.

7.000. Nacional.

7.001. Extranjero.

7.1. Comparación de los precios de venta con los precios internacionales equivalentes.

7.2. Comercio exterior.

a) Caso de ampliación de una Empresa existente.

– Relación de exportaciones por mercados de destino durante los tres últimos años.

– Relación de importaciones por fuentes de suministro y productos durante los tres últimos años.

– Importaciones definitivas.

– Tráfico de perfeccionamiento.

b) Empresas de nuevo establecimiento.

b.1. Relaciones previstas del inversor en el mercado español.

– Movimientos comerciales (importaciones en. España) y financieros de la Empresa inversora en España en los últimos tres años.

– Descripción del mecanismo a través del cual se han desarrollado los movimientos comerciales y, en su caso, referencia del concesionario o representante español, y copia del contrato existente entre ambos.

b.2. Actividades comerciales de la nueva Empresa.

– Exportaciones previstas por productos y fuentes de suministro.

8. Necesidades y producción de divisas.

  En la actualidad Después de realizada la inversión que se solicita
8.0.  Salidas anuales de divisas    
 8.00. Importaciones    
 8.01. Intereses y principal de créditos     
 8.02. Royalties    
 8.03. Asistencia técnica    
 8.04. Dividendos     
  Total pagos anuales    
8.1. Entradas anuales de divisas    
 8.10. Exportaciones    
 8.11. Otros conceptos    
  Total ingresos anuales    
8.2. Saldo positivo o negativo    

9. Beneficio que la inversión de capital extranjero aportaría a la Empresa española y/o a la economía en general.

ANEXO NUMERO 2
Extremos que han de constar en la Memoria adjunta a las solicitudes para la autorización de adquisición por extranjeros de fincas rústicas

0. Identificación.

0.0. De la Empresa española.

0.00. Nombre y apellidos del propietario.

0.01. Extensión de la finca.

0.02. Distribución en secano y regadío.

0.03. Otras características.

0.1. Del inversionista extranjero.

0.10. Español con residencia habituaren el extranjero, o

0.11. Persona física extranjera; o

0.12. Persona jurídica extranjera de naturaleza privada.

0.13. Características.

0.2. Información amplia y general sobre el negocio que se va a crear, ampliar o modernizar, especificando con toda concreción el destino que se va a dar a la finca rústica cuya adquisición se solicita.

0.3. Croquis de situación de la finca.

1. Utilización actual de la finca.

1.1. Producciones agrícolas.

1.2. Producciones ganaderas.

1.3. Producciones forestales.

1.4. Medios de producción empleados.

1.5. Aspectos laborales (mano de obra empleada).

2. Estructuración futura de la finca.

2.1. Planes de mejora que se van a realizar.

2.2. Incremento del parque de maquinaria que se va a producir.

2.3. Nuevas construcciones que van a ejecutar.

2.4. Empleo (creación de nuevos puestos de trabajo).

2.5. Incidencia en la producción agraria futura.

2.6. Comercialización prevista (mercados nacionales y extranjeros).

3. Financiación prevista (1).

(1) Véase el punto 4 del cuestionario 1.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 25/01/1975
  • Fecha de publicación: 31/01/1975
  • Fecha de derogación: 13/04/1985
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 37.2 del Reglamento aprobado por Decreto 3022/1974, de 31 de octubre (Ref. BOE-A-1974-1776).
Materias
  • Inversiones extranjeras

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