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Documento BOE-A-1975-23055

Enmiendas a los artículos 24 y 25 de la Constitución de la Organización Mundial de la Salud, adoptadas en la XX Asamblea de 23 de mayo de 1967.

Publicado en:
«BOE» núm. 269, de 10 de noviembre de 1975, páginas 23434 a 23434 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1975-23055

TEXTO ORIGINAL

Artículo 24. Sustitúyase por artículo 24.

El Consejo estará integrado por treinta personas, designadas por igual número de miembros. La Asamblea de la Salud, teniendo en cuenta una distribución geográfica equitativa, elegirá los miembros que tengan derecho a designar a una persona para integrar el Consejo. Cada uno de los miembros debe nombrar para el Consejo a una persona técnicamente capacitada en el campo de la salubridad, que podrá ser acompañada por suplentes y asesores.

Artículo 25. Sustitúyese por artículo 25.

Los miembros serán elegidos por un período de tres años y podrán ser reelegidos, con la salvedad de que entre los catorce elegidos en la primera reunión de la Asamblea de la Salud, celebrada después de entrar en vigor la presente reforma de la constitución, que aumenta de veinticuatro a treinta el número de miembros del Consejo, el período será de un año para dos de ellos y de dos años para otros dos, según lo que resulte del sorteo practicado al efecto.

España aceptó las presentes enmiendas con fecha 21 de abril de 1970.

Dichas enmiendas entraron en vigor el 21 de mayo de 1975, al haber sido aceptadas por las dos terceras partes de los Estados miembros de la Organización.

Lo que se hace público para conocimiento general.

Madrid, 22 de octubre de 1975.–El Secretario general Técnico, Enrique Thomas de Carranza.

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo Internacional
  • Fecha de disposición: 23/05/1967
  • Fecha de publicación: 10/11/1975
  • Fecha de entrada en vigor: 21/05/1975
  • Fecha Resolución Ministerio de Asuntos Exteriores: 22 de octubre de 1975.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA EN RELACIÓN:
    • con el art. 32 del Decreto 801/1972, de 24 de marzo, y se publican las comunicaciones recibidas, por Resolución de 17 de octubre de 1977 (Ref. BOE-A-1977-26274).
    • con el art. 32 del Decreto 801/1972, de 24 de marzo, y se publican las comunicaciones recibidas, por Resolución de 4 de noviembre de 1976 (Ref. BOE-A-1976-23405).
Referencias anteriores
  • ENMIENDAS a los arts. 24 y 25 de la constitución de la OMS, publicada en BOE núm. 116, de 15 de mayo de 1973 (Ref. BOE-A-1973-682).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Organización Mundial de la Salud

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