Está Vd. en

Documento BOE-A-1975-354

Decreto 3515/1974, de 28 de noviembre, sobre productos químicos en régimen de suspensión temporal de derechos arancelarios.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 8, de 9 de enero de 1975, páginas 424 a 424 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Comercio
Referencia:
BOE-A-1975-354

TEXTO ORIGINAL

El Decreto dos mil trescientos veintiuno/mil novecientos setenta y cuatro, de nueve de agosto, dispuso la permanencia en régimen de suspensión de derechos, durante el período trimestal, que termina el veintidós de noviembre del presente año, de determinados productos químicos.

Por subsistir las razones y circunstancias que determinaron dichas suspensiones, es aconsejable prorrogarlas por un nuevo período trimestral, haciendo uso a tal efecto de la facultad conferida al Gobierno en el artículo sexto, apartado dos, de la vigente Ley Arancelaria.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Comercio y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veintidós de noviembre de mil novecientos setenta y cuatro,

DISPONGO:

Artículo único.

En el período comprendido entre los días veintitrés de noviembre del presente año y veintidós de febrero próximo, ambos inclusive, continuarán vigentes las suspensiones totales de aplicación de derechos arancelarios a la importación de los productos químicos que más abajo se expresan, con la indicación de la partida del Arancel de Aduanas en que están clasificados:

Partida arancelaria Mercancía
28.16.A Amoníaco licuado.
28.42.C Carbonato neutro de sodio.
29.04.A-1 Alcohol metílico.

Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a veintiocho de noviembre de mil novecientos setenta y cuatro.

FRANCISCO FRANCO

El Ministro de Comercio,

NEMESIO FERNANDEZ-CUESTA E ILLANA

ANÁLISIS

  • Rango: Decreto
  • Fecha de disposición: 28/11/1974
  • Fecha de publicación: 09/01/1975
  • Vigencia de la prórroga de la suspensión de derechos arancelarios desde el 23 de noviembre de 1974 hasta el 22 de febrero de 1975.
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE PRORROGA suspensión, por Decreto 854/1975, de 3 de abril (Ref. BOE-A-1975-8521).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 6, 2 de la Ley 1/1960, de 1 de mayo (Ref. BOE-A-1960-7005).
  • CITA Decreto 2321/1974, de 9 de agosto (Ref. BOE-A-1974-1386).
Materias
  • Alcoholes
  • Importaciones
  • Productos químicos

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid