Contingut no disponible en valencià
Advertidos errores en el texto de la citada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 39, de fecha 14 de febrero de 1975, páginas 3160 a 3173, ae transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
Artículo 1.°, número 2, apartado g) (Estatuto), donde dice: «... y en la selección de sus miembros...», debe decir: «... y en la elección de sus miembros...».
Artículo 17, apartado e), donde dice: «... Estudiar, por propia iniciativa a propuesta de la Junta Rectora,...» debe decir: «...Estudiar, por propia iniciativa o a propuesta de la Junta Rectora,...».
Artículo 31, número 2, «in fine», donde dice: «... adecuada al ámbito funcional de aquellas...», debe decir: «... adecuada al ámbito funcional de aquélla...».
Artículo 33, número 1, donde dice: «... las Comisiones y Ponencias provisionales será la misma...», debe decir: «... las Comisiones y Ponencias provinciales será la misma...».
Artículo 36, número 4, donde dice: «... las sesiones reglamentarias convocadas...», debe decir: «... las sesiones reglamentariamente convocadas...».
Artículo 45, apartado a), donde dice «... por las Mutualidades Laborales excluidas...», debe decir: «... por las Mutualidades Laborales, excluidas...».
Artículo 45, apartado g), donde dice: «... de los mutualistas y pensionistas de las Mutualidades Laborales.», debe decir: «... de los mutualistas de las Mutualidades Laborales.».
Artículo 50, apartado g), donde dice: «... aquéllos, los mutualistas o pensionistas, y confirmar...», debe decir: «... aquéllos, los mutualistas o beneficiarios que no tengan tal condición, y confirmar...».
Artículo 54, número 2, donde dice: «... de actas a que se aduce en el número 3...», debe decir: «... de actas a que se alude en el número 3..».
Artículo 55, apartado d) del número 1, donde dice: «... Asambleas Provinciales del Servicio del Mutualismo Laboral.», debe decir: «... Asambleas Provinciales y los Delegados provinciales del Servicio del Mutualismo Laboral.»
Artículo 55, número 2, donde dice: «...; Vicepresidente los que lo sean del Consejo Rector.», debe decir: «...; Vicepresidentes los que lo sean del Consejo Rector.».
Artículo 53, número 1, apartado c), donde dice: «... de Mutualidades Interprovinciales.», debe decir: «... de Mutualidades Interprovinciales o provinciales.».
Artículo 53, número 2, donde dice: «... Serán Vicepresidentes, un representante de los empresarios, elegido por el Consejo Rector...», debe decir: «... Serán Vicepresidentes, un representante de los trabajadores y otro de los empresarios, elegidos por el Consejo Rector...».
Artículo 62, apartado k), donde dice: «... con las obras e Instituciones especiales de la Organización Sindical...», debe decir: «... con las Obras e Instituciones especiales de la Organización Sindical...».
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid