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Documento BOE-A-1975-552

Decreto 3525/1974, de 6 de diciembre, por el que se establecen las denominaciones de los asimilados a Oficial General de los Cuerpos del Ejército de Tierra.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 11, de 13 de enero de 1975, páginas 696 a 697 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio del Ejército
Referencia:
BOE-A-1975-552

TEXTO ORIGINAL

Las normas que regulan las denbminaciohes.de los Oficiales Generales de los Cuerpos del Ejército son.muy variadas, dispersas y hasta contradictorias. Por otra parte, al omitirse en algunas de dichas denominaciones la palabra General, se pro duce cierto confusionismo puesto que no queda expresada dicha categoría, y se rompe con el criterio aplicado a los restantes empleos de los Cuerpos que se designan siempre con mención expresa del correspondiente empleo militar. El hecho de que el mencionado empleo vaya seguido del específico título que define el Cuerpo o la función de que se trata, constituye ya suficiente aclaración de que, los interesados no son Generales de las Armas sino que su categoría de General de División o de Brigada tiene carácter asimilado. Por cuanto antecede, con el fin de aclarar y Unificar las expresadas denominaciones de los Generales de los Cuerpos del Ejército, siguiendo la norma establecida para los restantes empleos, a la vez que se conservan determinados títulos tradicionales, y con el fin de satisfacer las justas aspiraciones de quienes desean se exprese al nombrarlos el empleo asimilado que ostentan, a propuesta del Ministro del Ejército y previa deliberación del Consejo de Ministros, en su reunión del día seis de diciembre de mil novecientos setenta y cuatro,

DISPONGO:

Artículo único.

Las denominaciones de los asimilados a los empleos de Oficial General de los distintos Cuerpos del Ejército, en lo sucesivo serán las siguientes:

Cuerpo de Ingenieros de Armamento y Construcción

(Rama de Construcción)

General Inspector Ingeniero de Construcción y General Subinspector Ingeniero de Construcción, asimilados, respectivamente a General de División y de Brigada.

Cuerpo de Ingenieros de Armamento y Construcción

(Rama de Armamento)

General Inspector Ingeniero de Armamento y General Subinspector Ingeniero de Armamento, asimilados, respectivamente, a General de División y de Brigada,

Cuerpo Jurídico Militar

General Consejero Togado y General Auditor, asimilados respectivamente, a General de División y de Brigada.

Cuerpo de Intendencia

General Intendente general del. Ejército y General Intendente, asimilados, respectivamente, a General de División y de Brigada.

Cuerpo de Intervención Militar

General Interventor general del Ejército y General Interventor, asimilados, respectivamente, a General de División y de Brigada.

Cuerpo de Sanidad Militar

General Inspector Médico y General Subinspector Médico, asimilados, respectivamente, a General de División y de Brigada.

Cuerpo de Farmacia Militar

General Inspector Farmacéutico, asimilado a General de Brigada.

Cuerpo de Veterinaria Militar

General Inspector Veterinario, asimilado a General de Brigada.

Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a seis de diciembre de mil novecientos setenta y cuatro.

FRANCISCO FRANCO

El Ministro del Ejército,

FRANCISCO COLOMA GALLEGOS

ANÁLISIS

  • Rango: Decreto
  • Fecha de disposición: 06/12/1974
  • Fecha de publicación: 13/01/1975
  • Fecha de derogación: 01/01/1990
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Materias
  • Administración Militar
  • Cuerpo de Farmacia Militar
  • Cuerpo de Ingenieros de Armamento y Construcción del Ejército
  • Cuerpo de Intendencia Militar
  • Cuerpo de Intervención Militar
  • Cuerpo de Sanidad del Ejército de Tierra
  • Cuerpo de Veterinaria Militar
  • Cuerpo Jurídico Militar
  • Ejército de Tierra

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