Padecidos errores en la inserción de la mencionada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 201, de fecha 21 de agosto de 1976, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 16326, apartado 2.1, párrafo segundo, primera línea, donde dice: «En todo caso se considerarán recepciones autorizadas …», debe decir: «En todo caso se consideran recepciones autorizadas …».
En la página 16327, apartado 2.5.7, párrafo tercero, cuarta línea, donde dice: «… se comprobase error de funcionamiento en la báscula …», debe decir: «… se comprobase error de funcionamiento de la báscula …».
En la página 16328, apartado 3.10, párrafo tercero, segunda línea, donde dice: «… el tiempo de agitación no será inferior al minuto …», debe decir: «… el tiempo de agitación no será inferior a un minuto …»
En la página 16330, apartado 4.3.3, párrafo cuarto, primera línea, donde dice: «… se pesan 25 g. exactamente de sacarosa …», debe decir: «… se pesan 26 g. exactamente de sacarosa …».
En la página 16332, cuarta columna, octava línea, donde dice: «177,88», debe decir: «177,08».
En la página 16332, séptima columna,
Donde dice: | Debe decir: |
---|---|
184,96 | 185,29 |
184,91 | 185,24 |
185,29 | 185,22 |
185,24 | 185,19 |
185,22 | 185,16 |
185,19 | 185,12 |
185,16 | 185,08 |
185,12 | 185,04 |
185,08 | 185,00 |
185,04 | 184,96 |
185,00 | 184,91 |
En la página 16333, anejo 2, apartado 2.2. Toma de muestra, cuarta línea, donde dice: «… la digestión en caliente o método de Pallet», debe decir: «… la digestión en caliente o método de Pellet».
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