Ilustrísimo señor:
En consideración a la propuesta elevada por la Junta Superior Consultiva de la Licencia Fiscal del Impuesto Industrial de 6 de julio de 1976, este Ministerio se ha servido disponer:
Nueva redacción del apartado b) del epígrafe 9151, en la siguiente forma:
b) Información sobre colocación de empleados de hogar y pisos desalquilados.
Pesetas | |
---|---|
Cuota irreducible de: | |
En Madrid y Barcelona. | 780 |
En poblaciones que exceden de 20.000 habitantes. | 624 |
En las restantes. | 306 |
Esta redacción entrará en vigor en primero de enero de 1977.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 21 de septiembre de 1976.
CARRILES GALARRAGA
Ilmo. Sr. Director general de Tributos.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid