Advertidos errores en el texto remitido para su publicación de la mencionada Orden, inserta en el «Boletín Oficial del Estado» número 297, de fecha 11 de diciembre de 1975, páginas 25755 a 25758, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En el sumario, donde dice: «… por la que se determinan las convalidaciones de estudios entre el primer grado de Formación Profesional y el Bachillerato», debe decir: «… por la que se determinan las convalidaciones de estudios entre Formación Profesional y Bachillerato».
Anexo II: A continuación de la expresión «a cursar por los alumnos a que se refieren los puntos segundo y cuarto», debe haber un paréntesis que diga: « (excepto para las Enseñanzas Especializadas de la rama administrativa)». Donde dice: «Exclusivamente para la rama Administrativa», debe decir: «Exclusivamente para la rama administrativa de Formación Profesional de Segundo Grado, por el Régimen de Enseñanzas especializadas».
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