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Documento BOE-A-1976-5136

Orden de 25 de febrero de 1976 por la que se modifica el anexo II de la Ordenanza de Trabajo para la Pesca Marítima en buques congeladores de 19 de diciembre de 1974.

Publicado en:
«BOE» núm. 58, de 8 de marzo de 1976, páginas 4795 a 4795 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Trabajo
Referencia:
BOE-A-1976-5136

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimos señores:

El artículo 76 de la Ordenanza de Trabajo para la pesca marítima en buques congeladores de 19 de diciembre de 1974 establece que periódicamente podrá procederse a la revisión de los salarios bases fijados en la misma, siempre que el crecimiento del coste de vida en el conjunto nacional, de acuerdo con los datos del Instituto Nacional de Estadística, sea igual o superior al 5 por 100; revisión que se efectuará por los trámites de la Ley de 16 de octubre de 1942.

Solicitada al amparo de dicho precepto la revisión de los salarios base, la Dirección General de Trabajo, previo los asesoramientos reglamentarios, propone una nueva tabla de salarios base consistente en incrementar la vigente, establecida en el anexo número II de la Ordenanza, en el crecimiento del índice de coste de vida en el pasado año 1975.

Este Ministerio, en uso de las facultades conferidas en la Ley de 16 de octubre de 1942, ha tenido a bien disponer:

Primero.

Aprobar la modificación, elaborada por la Dirección General de Trabajo, de los salarios base del anexo número II de la Ordenanza de Trabajo para la pesca marítima en buques congeladores de 19 de diciembre de 1974.

Segundo.

Autorizar a la Dirección General de Trabajo para dictar cuantas disposiciones fueran precisas para interpretar y aplicar la mencionada Ordenanza, con la modificación que se aprueba por la presente Orden.

Tercero.

Publicar en el «Boletín Oficial del Estado» esta Orden y anexo de la misma que entrará en vigor con efectos de 1 de enero de 1976.

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a VV. II.

Madrid, 25 de febrero de 1976.

SOLIS

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de Trabajo.

ANEXO

Modificación del anexo número II. Salarios base de la Ordenanza de Trabajo para la Pesca Marítima en buques congeladores.

  Pesetas
1. TITULADOS  
1.1. Oficiales.  
 1.1.1. Puente y cubierta:  
  Capitán. 22.808
  Piloto. 20.530
  Primer Oficial. 19.390
  Oficial. 18.250
 1.1.2. Máquinas:  
  Maquinista naval Jefe. 22.240
  Oficial de máquinas de primera clase. 19.390
  Oficial de máquinas de segunda clase. 18.250
 1.1.3. Radiotelegrafía:  
  Radiotelegrafista de primera. 18.250
  Radiotelegrafista de segunda. 17.110
 1.1.4. Fonda:  
  Sobrecargo. 19.390
  Auxiliar Sobrecargo. 14.830
 1.1.5. Servicios especiales:  
  Médico. 20.530
  Científico con título facultativo superior. 19.390
  Ayudante Técnico Sanitario. 14.830
1.2. Formación profesional náutico-pesquera:  
 1.2.1. Puente y cubierta:  
  Patrón de pesca de altura. 15.970
  Patrón de pesca de litoral primera clase. 14.830
  Patrón de pesca de litoral segunda clase. 13.685
 1.2.2. Máquinas:  
  Mecánico naval mayor. 15.570
  Mecánico naval de primera clase (vapor y motor). 14.030
  Mecánico naval de segunda-clase (vapor motor). 12.890
 1.2.3. Radiotelefonía:  
  Radiotelefonista naval. 12.545
  Radiotelefonista naval restringido. 11.405
2. MAESTRANZA  
2.1. Puente y Cubierta:  
 Contramaestre de pesca. 15.965
 Contramaestre. 11.405
 Armador de arte. 11.405
 Carpintero. 10.265
 Pañolero de cubierta. 10.265
 Cocinero. 9.895
2.2. Máquinas:  
 Contramaestre de máquinas o calderetero. 11.405
 Contramaestre electricista. 11.405
 Pañolero de máquinas. 10.265
2.3. Cámaras de congelación:  
 Contramaestre de congelación. 11.405
 Frigorista. 10.285
 Ayudante frigorista. 9.695
3. SUBALTERNOS  
3.1. Especialistas.  
 Marinero pescador (Pescamar). 9.965
 Electricista. 9.965
 Engrasador. 9.965
 Cabo de agua. 9.985
 Fontanero o plomero. 9.985
 Redero de mar. 9.965
3.2. Simples subalternos:  
 Pescador. 9.125
 Carpintero ayudante. 9.125
 Mozo. 9.125
 Fogonero. 9.125
 Palero. 9.125
 Limpiador. 9.125
 Marmitón. 9.125
 Aprendiz. 6.845
4. INSPECCIÓN  
4.1. Jefe de Inspección. 27.370
4.2. Inspector. 22.816

 

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 25/02/1976
  • Fecha de publicación: 08/03/1976
  • Efectos desde el 1 de enero de 1976.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 80, de 2 de abril de 1976 (Ref. BOE-A-1976-6941).
Referencias anteriores
  • MODIFICA anexo II de la Ordenanza aprobada por Orden de 19 de diciembre de 1974 (Ref. BOE-A-1974-2045).
  • DE CONFORMIDAD con la Ley de reglamentaciones de trabajo de 16 de octubre de 1942 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1942-9522).
Materias
  • Buques
  • Pesca marítima
  • Reglamentaciones Nacionales de Trabajo

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