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Documento BOE-A-1976-5442

Orden de 4 marzo de 1976 por la que se autoriza a la Dirección General de Aduanas a conceder despachos con garantía de los tributos de la renta de Aduanas a la importación de mercancías para Empresas afectadas por beneficios fiscales.

Publicado en:
«BOE» núm. 62, de 12 de marzo de 1976, páginas 5129 a 5130 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1976-5442

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimo señor:

La legislación reguladora de los regímenes de industrias de interés preferente, acciones concertadas, polos de desarrollo y demás orientadas al fomento de sectores, actividades e industrias que establecen exenciones o bonificaciones fiscales está constituida, en cuanto a la regulación del procedimiento para obtener dichos beneficios fiscales, fundamentalmente por la Orden de Presidencia del Gobierno de 19 de diciembre de 1964 y la Orden del Ministerio de Hacienda de 27 de marzo de 1965.

La primera de dichas disposiciones regula la aplicación en cada caso de los beneficios que conceden las órdenes de los diferentes Ministerios expedidas de conformidad con la segunda.

Ahora bien, lo cierto es que en algunas ocasiones, tanto estas Ordenes como la expedición de los certificados a que se refiere la primera, se demoran en su tramitación ocasionando serios trastornos a las empresas, trastornos que pueden ser solucionados fácilmente sin más que autorizar a la Dirección General de Aduanas, para que, una vez dictada la Orden de calificación o firmadas las Actas de Acción Concertada, pueda conceder a las empresas el despacho de las mercancías, previa presentación de garantía solidaria a responder de los derechos e impuestos en caso de que no fueran bonificados, respetándose así los intereses del Tesoro.

En su consecuencia, este Ministerio ha tenido a bien dictar las siguientes normas:

Primera.

Se autoriza a la Dirección General de Aduanas para conceder el despacho, con liquidación e ingreso de los derechos de Arancel e I.C.G.I. no susceptibles de bonificación y garantía de los restantes de las mercancías que lleguen consignadas a empresas incluidas en los regímenes de Interés Preferente, Polos de Promoción o Desarrollo, Centros de Interés Turístico, Acción Concertada y análogos, con anterioridad a la publicación de las Ordenes a que hace referencia la norma séptima de la Orden de este Ministerio de 27 de marzo de 1965, que señala el procedimiento para la aplicación de tales beneficios.

Segunda.

Se autoriza, asimismo, a la Dirección General de Aduanas para conceder el despacho en las mismas condiciones y para dichas mercancías que se presenten al despacho sin el certificado del Ministerio de Industria de no fabricación en España a que alude la Orden de la Presidencia del Gobierno de 19 de diciembre de 1964.

Tercera.

En casos excepcionales, y previas las justificaciones que estime oportunas, la Dirección General de Aduanas podrá autorizarse el despacho de mercancías destinadas a empresas, cuya inclusión en los regímenes indicados en la norma primera se encuentren en tramitación.

Cuarta.

Transcurridos ocho meses desde la fecha del despacho sin presentar la Orden a que se refiere la norma séptima de la Orden ministerial de Hacienda de 27 de marzo de 1965 y el certificado del Ministerio de Industria de no fabricación nacional, se procederá al ingreso de la garantía prestada y de los intereses de demora.

Quinta.

Las garantías serán bancarias de carácter solidario y su cuantía será la suma de los derechos e impuestos de posible bonificación y de los intereses de demora.

Sexta.

Por la Dirección General de Aduanas se dictarán, en su caso, las normas complementarias a la presente Orden, que entrará en vigor el día de su publicación.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 4 de marzo de 1976.

VILLAR MIR

Ilmo. Sr. Director general de Aduanas.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 04/03/1976
  • Fecha de publicación: 12/03/1976
  • Fecha de entrada en vigor: 12/03/1976
Referencias anteriores
  • CITA:
    • Orden de 27 de marzo de 1965.
    • Orden de 19 de diciembre de 1964.
Materias
  • Acción concertada
  • Aduanas
  • Arancel de Aduanas
  • Centros y Zonas de Interés Turístico
  • Dirección General de Aduanas
  • Importaciones
  • Impuesto de Compensación de Gravámenes Interiores
  • Industrias de interés preferente
  • Polos de promoción y de desarrollo industrial

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