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Documento BOE-A-1976-5779

Orden de 28 de febrero de 1976 por la que se aprueba la tabla salarial prevista en la Disposición Transitoria Segunda de la Ordenanza Laboral para las Industrias de Alimentación, de 8 de julio de 1975, para las Empresas no incluidas en el ámbito de aplicación de algún Convenio Colectivo Sindical.

Publicado en:
«BOE» núm. 67, de 18 de marzo de 1976, páginas 5560 a 5561 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Trabajo
Referencia:
BOE-A-1976-5779

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimos señores:

Vista la propuesta formulada por la Dirección General de Trabajo, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Disposición Transitoria Segunda de la vigente Ordenanza Laboral para las Industrias de Alimentación, que prevé la publicación, en el mes de febrero de 1976, de una tabla salarial para aquellas Empresas que en dicha fecha no estén incluidas en el ámbito de aplicación de algún Convenio Colectivo Sindical,

Este Ministerio, en uso de las facultades conferidas en la Ley de 16 de octubre de 1942, ha tenido a bien disponer:

Primero.

Aprobar la tabla salarial prevista en la Disposición Transitoria Segunda de la Ordenanza Laboral de las Industrias de Alimentación de 8 de julio de 1975, que surtirá efecto a partir del 1 de marzo del presente año.

Segundo.

Disponer su inserción en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a W. II.

Madrid, 28 de febrero de 1976.

SOLIS

Ilmos. Sres. Subsecretario del Departamento y Director general de Trabajo.

TABLA SALARIAL

Categorías profesionales Pesetas
I. Técnicos  
1. Titulados:  
 a) De grado superior.  
 b) De grado medio. 14.582
 c) Ayudante Técnico. 11.750
2. No titulados:  
 Encargado general 13.642
 Maestro o Jefe de fabricación de taller 12.700
 Encargado de Sección 12.230
 Auxiliar de laboratorio 10.830
3. Oficina Técnica de Organización:  
 Jefes de primera y segunda. 13.642
 Técnicos de Organización de primera y segunda. 13.171
 Auxiliares de Organización. 10.830
 Aspirantes. Igual que los Administrativos
4. Técnicos de Proceso de Datos:  
 Jefe de Proceso de Datos. 14.582
 Analista. 13.642
 Jefe de Explotación, Programador de Ordenador. 13.642
 Programador de Máquinas.  
 Auxiliares.  
 Operador de Ordenador. 16.934
II. Administrativos  
 Jefe de Administración de primera. 15.523
Jefe de Administración de segunda. 14.582
 Oficial de primera. 13.172
 Oficial de segunda. 11.760
 Auxiliar. 10.830
 Aspirante de primer año. 5.645
 Aspirante de segundo año. 6.586
 Aspirante de tercer año. 8.467
 Telefonista. 10.349
III. Mercantiles  
 Jefe de ventas. 15.053
 Inspector de ventas. 14.112
 Promotor de propaganda y/o publicidad. 11.760
 Vendedor con autoventa. 11.290
 Viajante. 11.290
 Corredor de plaza. 11.290
IV. Obreros  
 a) Personal de producción:  
 Oficial de primera. 392
 Oficial de segunda. 362
 Ayudante. 340
 Aprendiz de primera. 188
 Aprendiz de segunda. 220
 b) Personal de acabado, envasado y empaquetado:  
 Oficial de primera. 350
 Oficial de segunda. 345
 Ayudante. 340
 Aprendiz de primer año. 157
 Aprendiz de segundo año. 188
 c) Personal de oficios auxiliares:  
 Oficial de primera. 392
 Oficial de segunda. 362
 Peonaje:  
 Peón. 330
 Personal de limpieza. 314
V. Subalternos  
 Almacenero. 362
 Conserje. 350
 Cobrador. 350
 Basculero-Pesador. 350
 Guarda jurado. 350
 Guarda vigilante 350
 Ordenanza. 350
 Portero. 350
 Mozo de almacén. 330

 

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 28/02/1976
  • Fecha de publicación: 18/03/1976
  • Efectos desde el 1 de marzo de 1976.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de erratas en BOE núm. 87, de 10 de abril de 1976 (Ref. BOE-A-1976-7644).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • la Tabla Prevista en la disposición transitoria segunda de la Ordenanza aprobada por Orden de 8 de julio de 1975 (Ref. BOE-A-1975-15654).
    • la Ley de reglamentaciones de trabajo de 16 de octubre de 1942 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1942-9522).
Materias
  • Alimentación
  • Industrias
  • Reglamentaciones Nacionales de Trabajo

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