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Documento BOE-A-1976-8846

Decreto 910/1976, de 18 de marzo, por el que se amplía el Decreto 909/1961, de 31 de mayo, sobre concesión del empleo honorífico de Teniente o Alférez de Navío a determinados Suboficiales.

Publicado en:
«BOE» núm. 104, de 30 de abril de 1976, páginas 8423 a 8423 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1976-8846

TEXTO ORIGINAL

El Decreto novecientos nueve/mil novecientos sesenta y uno, de veinticinco de mayo, concedió el empleo honorífico de Teniente o Alférez de Navío al alcanzar la edad de retiro a tos Suboficiales que, debido a las sucesivas reorganizaciones de los Ejércitos, no obstante haber consagrado sus mejores años a la Patria y a sus Fuerzas Armadas, no pudieron alcanzar durante su servicio activo la categoría de Oficial, siempre que reuniesen entre otras condiciones, la de poseer la medalla de la campaña (1936-1939).

Durante el periodo de aplicación del referido Decreto se ha puesto de manifiesto que algunos Suboficiales no han podido beneficiarse del mismo, pese a reunir todas las condiciones exigidas, al no haber solicitado la mencionada Medalla en los plazos reglamentarios, por lo que es conveniente dictar una disposición de igual rango que, atendiendo a la satisfacción interior de dicho personal, extienda al mismo el ámbito de aplicación del citado Decreto.

En su virtud, a propuesta de los Ministros del Ejército, Marina y Aire, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día dieciocho de marzo de mil novecientos setenta y seis,

DISPONGO:

Artículo 1.

Los beneficiarios de obtención del empleo honorífico de Teniente o Alférez de Navío que concedió el Decreto novecientos nueve/mil novecientos sesenta y uno, de veinticinco de mayo, podrán otorgarse a los Suboficiales que, además de cumplir las condiciones exigidas en el mismo con carácter general, reuniesen las que en su día se requirieron para la concesión de la Medalla de la campaña (1936-1939) por participación activa en ella, aunque por no haberla solicitado en los plazos reglamentarios no les hubiera sido otorgada esta recompensa.

Artículo 2.

Por los Ministerios respectivos se adoptarán las medidas para la aplicación de este Decreto.

Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a dieciocho de marzo de mil novecientos setenta y seis.

JUAN CARLOS

El Ministro de la Presidencia del Gobierno,

ALFONSO OSORIO GARCIA

ANÁLISIS

  • Rango: Decreto
  • Fecha de disposición: 18/03/1976
  • Fecha de publicación: 30/04/1976
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores, con rectificación del título, en BOE núm. 123, del 22 de mayo de 1976 (Ref. BOE-A-1976-10078).
Referencias anteriores
Materias
  • Ejército de Tierra
  • Ejército del Aire
  • Fuerzas Armadas
  • Marina de Guerra

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