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Documento BOE-A-1976-9681

Orden de 13 de mayo de 1976 por la que se anticipa el horario de verano para los espectáculos cinematográficos en Madrid (capital).

Publicado en:
«BOE» núm. 116, de 14 de mayo de 1976, páginas 9336 a 9336 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de la Gobernación
Referencia:
BOE-A-1976-9681

TEXTO ORIGINAL

Excelentísimos señores:

La Orden del Ministerio de la Gobernación de 11 de junio de 1975 («Boletín Oficial del Estado» número 141), en su artículo 1.°, fija los horarios de cierre máximos de espectáculos, fiestas y establecimientos públicos, distinguiendo las temporadas de octubre a mayo y de junio a septiembre, y fijando para los cinematógrafos el límite de las veinticuatro horas en la primera época y a la una hora en la segunda, que debe comenzar el día 1 de junio.

A petición del Grupo Sindical de Exhibición del Sindicato Provincial del Espectáculo de Madrid y en atención a los actos programados con ocasión de las Fiestas Patronales de San Isidro en la capital.

Este Ministerio ha dispuesto:

El horario de verano previsto para el cierre de los espectáculos cinematográficos en el artículo 1.° de la Orden de 11 de junio de 1975, comenzará a regir en Madrid, capital, a partir del día 14 de mayo.

Lo que comunico a VV.EE. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a VV.EE. muchos años.

Madrid, 13 de mayo de 1976.

FRAGA IRIBARNE

Excmos. Sres. Directores generales de Seguridad y Política Interior.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 13/05/1976
  • Fecha de publicación: 14/05/1976
Referencias anteriores
Materias
  • Cinematografía
  • Espectáculos
  • Horario

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