Excelentísimos señores:
De acuerdo con lo dispuesto en el subcapítulo 4.131 del Reglamento de Normalización Militar, Orden de 27 de octubre de 1965 («Boletín Oficial del Estado» número 267), previa coordinación por la Comisión Interministerial de Normalización Militar, se declaran de obligado cumplimiento las normas siguientes:
a) Conjuntas, de obligado cumplimiento en el Ejército de Tierra, Marina y Ejército del Aire:
NM-U-488-EMA (1.ª R). «Uniforme de campaña».
NM-V-1194-EMA. «Vitamina K hidrosoluble».
NM-C-1195-EMA. «Cefaloridina».
NM-C-1196-EMA. «Cefalotina sódica».
La primera revisión de la norma NM-U-488-EMA anula la edición anterior, aprobada, por Orden de la Presidencia del Gobierno de 21 de julio de 1971 («Boletín Oficial del Estado» número 181), que deberá sustituirse en las colecciones por la que se aprueba por esta Orden.
b) Conjunta, de obligado cumplimiento en los Ejércitos de Tierra y Aire:
NM-F-1197-EA. «Fósforo rojo».
c) Las normas siguientes son de obligado cumplimiento para Guardia Civil y Policía Armada:
NM-U-488-EMA (1.ª. R), NM-V-1194-EMA, NM-C-1195-EMA y NM-C-1196-EMA.
Madrid, 11 de octubre de 1977.
OTERO NOVAS
Excmos. Sres. Ministros de la Defensa y del Interior.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid