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Documento BOE-A-1977-29878

Resolución de la Dirección General de Comercio Interior por la que se modifican determinados aspectos de la Resolución de la Dirección General de Comercio Alimentario de 7 de julio de 1975.

Publicado en:
«BOE» núm. 297, de 13 de diciembre de 1977, páginas 27196 a 27197 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-1977-29878

TEXTO ORIGINAL

La Resolución de la Dirección General de Comercio Alimentario de fecha 7 de julio de 1975 («Boletín Oficial del Estado» número 165, del día 11) regula los márgenes máximos a aplicar por los detallistas carniceros en la venta al público de las distintas clases de carnes.

En las normas establecidas en dicha Resolución, en sus artículos 5.° y 9.°, se señalan determinadas funciones encomendadas a la Agrupación Nacional de Carniceros-Salchicheros, en relación con los carteles de precios y murales de las distintas piezas que componen la canal, así como en lo relativo a las relaciones de precios entre las distintas clases y categorías comerciales de la carne.

Asimismo, en el artículo 6.° se designa a un representante de la mencionada Agrupación en la Junta constituida en los Mataderos municipales para determinar el precio de la canal cuando el detallista Carnicero compra directamente al productor o ganadero.

Por Decreto 446/1976, del Ministerio de Comercio, de 5 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 64, de 15 de marzo), se reestructuran los Servicios del Ministerio de Comercio, creándose la Dirección General de Comercio Interior, que se hace cargo, entre otras, de todas las funciones de la extinguida Dirección General de Comercio Alimentario.

Al haberse constituido la Federación Nacional de Empresarios Carniceros-Charcuteros, que se subroga en las obligaciones de la Agrupación Nacional anteriormente citada, y al objeto de evitar que puedan producirse interpretaciones erróneas en la aplicación de los márgenes comerciales por los detallistas de la carne, se hace necesario adaptar a la nueva situación la Resolución citada anteriormente.

En su virtud, esta Dirección General de Comercio Interior dispone:

1.º Las funciones señaladas a la Agrupación Nacional o Provincial de Carniceros-Salchicheros en los artículos 5.°, 6.° y 9.° de la Resolución de la Dirección General de Comercio Alimentario de 7 de julio de 1975 corresponderán, a partir de esta fecha, a la Federación Nacional de Empresarios Carniceros-Charcuteros y a cualquier otra Organización sectorial, legalmente autorizada, que así lo solicite ante esta Dirección General.

2.° Las tablas a que alude el artículo 10 de la Resolución de 7 de julio de 1975, en cualquier caso, deberán ser sometidas a la Federación Nacional de Empresarios Carniceros-Charcuteros o cualquier Organización sectorial con la debida representación ante esta Dirección General de Comercio Interior, para SU visado y control, como hasta la fecha se ha venido haciendo.

3.° Salvo las modificaciones introducidas, el resto del articulado de la referida Resolución de 7 de julio de 1975 se mantiene exactamente sin variaciones. Asimismo continúa en vigor la Resolución de la Dirección General de Comercio Alimentario de 18 de agosto de 1975 («Boletín Oficial del Estado» número 201, del 22 del mismo mes), que, en su artículo 2.°, dice: «El peso de la carne expendida al público deberá entenderse siempre como peso neto, no pudiéndose incluir, por tanto, el papel utilizado para envolver.»

4.° Lo dispuesto en la presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 1 de diciembre de 1977.—El Director general, Félix Pareja.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 01/12/1977
  • Fecha de publicación: 13/12/1977
  • Fecha de entrada en vigor: 13/12/1977
Referencias anteriores
  • MODIFICA determinados artículos de la Resolución de 7 de julio de 1975 (Ref. BOE-A-1975-14791).
  • DE CONFORMIDAD con el Decreto 446/1976, de 5 de marzo (Ref. BOE-A-1976-5557).
  • CITA Resolución de 18 de agosto de 1975 (Ref. BOE-A-1975-17733).
Materias
  • Carnes
  • Precios

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