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Documento BOE-A-1978-13538

Orden de 8 de mayo de 1978 por la que se modifica el artículo 2.º de la Orden de 26 de abril de 1971, por la que se creó la Comisión de Informática.

Publicado en:
«BOE» núm. 123, de 24 de mayo de 1978, páginas 12122 a 12122 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-1978-13538

TEXTO ORIGINAL

Excelentísimos e Ilustrísimos señores:

La Comisión de Informática del entonces Ministerio de Comercio fue creada por Orden de 26 de abril de 1971, en cuyo artículo 2.° se determinó su composición. Las modificaciones producidas en la organización del Departamento hasta la fecha hacen preciso actualizar aquella composición, a cuyo efecto resulta necesario modificar dicho artículo 2.°.

En su virtud, previa aprobación de la Presidencia del Gobierno, este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Artículo 1.

El artículo 2° de la Orden de 26 de abril de 1971, por la que se creó la Comisión de Informática del entonces Ministerio de Comercio queda redactado en la forma siguiente:

Artículo 2.

La Comisión de Informática del Ministerio de Comercio y Turismo estará integrada por los siguientes miembros:

Presidente: El Secretario general Técnico.

Vicepresidente: El Vicesecretario general Técnico.

Vocales: El Subinspector general de los Servicios, el Subdirector general de Personal, el Oficial Mayor, el Subdirector general de Publicaciones Documentación a Información de Comercio Exterior, un Subdirector general designado por cada uno de los Directores generales de Política Comercial, de Política Arancelaria e Importación, de Exportación, de Transacciones Exteriores, de Coordinación y Servicios, de Comercio Interior, de Ordenación del Comercio, del Consumo y de la Disciplina del Mercado, de Empresas y Actividades Turísticas, de Promoción del Turismo, de Servicios, el Jefe del Servicio de Mecanización y Análisis y el Director del Gabinete de Organización y Métodos.

Secretario: El Subdirector general de Informática Comercial.

Cuando la índole de los asuntos a tratar así lo aconseje podrán ser convocados a las reuniones de la Comisión representantes de otros Centros u Organismos del Departamento.

Artículo 3.

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V.E: y VV.II. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V.E. y VV.II.

Madrid, 8 de mayo de 1978.

GARCIA DIEZ

Excmo. Sr. Secretario de Estado de Turismo e Ilmos. Sres. Subsecretario de Comercio y de Mercado Interior.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 08/05/1978
  • Fecha de publicación: 24/05/1978
  • Fecha de entrada en vigor: 25/05/1978
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 2 de la Orden de 26 de abril de 1971 (Ref. BOE-A-1971-627).
Materias
  • Comisiones de Informática
  • Ministerio de Comercio y Turismo
  • Secretaría General Técnica del Ministerio de Comercio y Turismo

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