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Documento BOE-A-1978-17062

Orden de 26 de junio de 1978 por la que se transfieren al Ministerio de Cultura Unidades y Servicios de la A. I. S. S.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 157, de 3 de julio de 1978, páginas 15768 a 15768 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-1978-17062

TEXTO ORIGINAL

Excelentísimo e ilustrísimos señores:

El Real Decreto 908/1978, de 14 de abril, dispuso la transferencia a la Administración del Estado de una serie de Unidades y Servicios integrados en el Organismo autónomo Administración Institucional de Servicias Socio-Profesionales, con todas las funciones que corresponden a la Unidad o Servicio transferido y con los elementos personales y materiales integrados en cada uno de ellos.

El apartado c) del citado Real Decreto señala al Ministerio de Cultura como receptor de las siguientes Unidades y Servicios: «Cadena de Emisoras Sindicales», «Agencia S. I. S.» (Servicio de Información), el «Archivo General» y el Diario «Pueblo» (Ediciones y Publicaciones Populares).

Dicha disposición ordenó, asimismo, que en el plazo no superior a dos meses desde su entrada en vigor, el Departamento receptor adoptaría las decisiones procedentes para determinar el régimen aplicable a dichas Unidades y su incorporación, modificación, fusión o supresión.

En su virtud, y previa aprobación de la Presidencia del Gobierno a que se refiere el artículo 130.2 de la Ley de Procedimiento Administrativo,

Este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Artículo 1.

Se suprime la Agencia S. I. S. (Servicio de Información), quedando absorbidos todos sus elementos personales y materiales por la Agencia Pyresa, integrada en el Organismo autónomo Medios de Comunicación Social del Estado.

Artículo 2.

El Archivo General pasa a depender de la Dirección General del Patrimonio Artístico, Archivos y Museos.

Artículo 3.

El Diario «Pueblo» (Ediciones y Publicaciones Populares) se incorpora al Organismo autónomo Medios de Comunicación Social del Estado, quedando, como tal Unidad diferenciada, bajo la directa dependencia del Director-Gerente del Organismo autónomo.

Disposición transitoria.

Hasta su definitiva incorporación al Organismo autónomo Radiotelevisión Española, la Cadena de Emisoras Sindicales se regirá por lo dispuesto en el Real Decreto 922/1978, de 14 de abril.

Disposición final.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. E y a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. E. y a VV. II. muchos años.

Madrid, 26 de junio de 1978

CABANILLAS GALLAS

Excmo. Sr. Secretario de Estado de Cultura e limos. Src.s. Subsecretario de Cultura, Secretario general Técnico y Directores generales del Departamento.

 

 

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 26/06/1978
  • Fecha de publicación: 03/07/1978
  • Fecha de entrada en vigor: 04/07/1978
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el Real Decreto 906/1978, de 14 de abril (Ref. BOE-A-1978-11871).
  • CITA:
    • Real Decreto 922/1978, de 14 de abril (Ref. BOE-A-1978-11994).
    • Ley sobre procedimiento administrativo, de 17 de julio de 1958 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1958-11341).
Materias
  • Administración Institucional de Servicios Socio Profesionales
  • Dirección General del Patrimonio Artístico Archivos y Museos
  • Medios de comunicación social del Estado
  • Ministerio de Cultura
  • Periodismo
  • Prensa

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