De conformidad con lo dispuesto en el artículo cuarto del Decreto 582/1978, de 2 de marzo, y el apartado 4 de la Orden, del Ministerio dé Defensa de 17 de abril de 1978, y a propuesta del General Director de Enseñanza del Ejército, vengo en disponer lo siguiente:
Las atribuciones en materia de contratación del Estado, desconcentradas a favor del General Director de Enseñanza por el artículo primero del Decreto 582/1978, de 2 de marzo, quedan delegadas en los Directores y Jefes de los Centros dependientes de la Dirección de Enseñanza de la Jefatura Superior de Personal del Ejército, tanto para los gastos programados en materias propias de competencia con cargo a los créditos presupuestarios como para los que le sean asignados específicamente en los Presupuestos Generales del Estado.
La presente delegación de facultades será de aplicación a los trámites de los expedientes de contratación actualmente en fase de gestión.
Madrid, 3 de julio de 1978.
GUTIERREZ MELLADO
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