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Documento BOE-A-1978-19078

Real Decreto 1774/1978, de 23 de junio, por el que se incluye la prestación de incapacidad laboral transitoria como mejora voluntaria en la acción protectora del Régimen Especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos.

Publicado en:
«BOE» núm. 179, de 28 de julio de 1978, páginas 17719 a 17719 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-1978-19078

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto mil setenta y cuatro/mil novecientos setenta y siete, de veintitrés de abril, dio nueva redacción al articulo veintisiete del Decreto dos mil quinientos treinta/mil novecientos setenta, de veinte de agosto, por el que se reguló el Régimen Especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos, incorporando en el número tres la asistencia sanitaria y protección a la familia como mejoras voluntarias dentro de la acción protectora de dicho régimen especial.

Con el fin de establecer la máxima homogeneidad posible con el Régimen General y dar cumplida respuesta a las aspiraciones de los diversos grupos profesionales integrados en el citado régimen especial, se ha estimado conveniente introducir como mejora voluntaria de la acción protectora y sin alteración alguna del régimen económico-financiero vigente, la prestación económica por incapacidad laboral transitoria, a cuyo propósito responde el presente Real Decreto, sin perjuicio de que, oportunamente se proceda a modificar la regulación del citado régimen especial en orden a la ampliación y perfeccionamiento de su acción protectora general v obligatoria.

En su virtud, y a propuesta del Ministro de Sanidad y Seguridad Social, previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veintitrés de junio de mil novecientos setenta y ocho,

DISPONGO:

Artículo único.

El número tres del artículo veintisiete del Decreto mil setenta y cuatro/mil novecientos setenta y siete, de veintitrés de abril, por el que se modifica el Decreto dos mil quinientos treinta/mil novecientos setenta, de veinte de agosto, que regula el Régimen Especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos, quedará redactado en la forma siguiente:

«Tres. No obstante lo establecido en los números anteriores, la acción protectora que otorga este régimen especial podrá ser mejorada voluntariamente en materia de asistencia sanitaria, incapacidad laboral transitoria y protección a la familia, en las condiciones y con los requisitos que se determinen por el Ministerio de Sanidad y Seguridad Social.»

Dado en Madrid a veintitrés de junio de mil novecientos setenta y ocho.

JUAN CARLOS

El Ministro de Sanidad y Seguridad Social,

ENRIQUE SANCHEZ DE LEON PEREZ

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 23/06/1978
  • Fecha de publicación: 28/07/1978
  • Fecha de entrada en vigor: 17/08/1978
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • MODIFICA el núm. 3 del art. 27 del Decreto 1074/1977, de 23 de abril (Ref. BOE-A-1977-12198).
  • CITA Decreto 2530/1970, de 20 de agosto (Ref. BOE-A-1970-1000).
Materias
  • Incapacidades laborales
  • Regímenes especiales de la Seguridad Social
  • Trabajadores autónomos

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