Está Vd. en

Documento BOE-A-1978-4528

Real Decreto 173/1978, de 13 de enero, por el que se prorroga la Resolución-tipo para la fabricación en régimen mixto de acumuladores y tanques de inyección de boro del sistema de seguridad de centrales nucleares (partida arancelaria 84.59-B).

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 41, de 17 de febrero de 1978, páginas 3851 a 3851 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-1978-4528

TEXTO ORIGINAL

El Decreto tres mil trescientos cuarenta y cinco/mil novecientos setenta y tres, de catorce de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de catorce de enero de mil novecientos setenta y cuatro), aprobó la Resolución-tipo para la construcción en régimen de fabricación mixta de acumuladores y tanques de inyección de boro del sistema de seguridad de centrales nucleares (P. A. ochenta y cuatro punto cincuenta y nueve-B).

El artículo undécimo de dicho Decreto establece para la Resolución-tipo un plazo de vigencia de cuatro años, prorrogables si las circunstancias económicas así lo aconsejan. El Decreto ciento doce/mil novecientos setenta y cinco, de dieciséis de enero, actualizó su grado de nacionalización.

Considerando que persisten las mismas circunstancias que aconsejaron su establecimiento, se estima conveniente proceder a la prórroga de período de vigencia.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Comercio y Turismo y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día trece de enero de mil novecientos setenta y ocho,

DISPONGO:

Artículo 1.

Queda prorrogado por un plazo de cuatro años, a partir del veinticinco de septiembre de mil novecientos setenta y siete, fecha de caducidad de la Resolución-tipo, la vigencia del Decreto tres mil trescientos cuarenta y cinco/mil novecientos setenta y tres, de catorce de diciembre.

Artículo 2.

El presente Real Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid a trece de enero de mil novecientos setenta y ocho.

JUAN CARLOS

El Ministro de Comercio y Turismo,

JUAN ANTONIO GARCIA DIEZ

 

 

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 13/01/1978
  • Fecha de publicación: 17/02/1978
  • Fecha de entrada en vigor: 17/02/1978
  • Vigencia de la prórroga: cuatro años desde el 25 de septiembre de 1977.
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • PRORROGA la vigencia del Decreto 3345/1973, de 14 de diciembre (Ref. BOE-A-1974-106).
  • CITA Decreto 112/1975, de 16 de enero (Ref. BOE-A-1975-2465).
Materias
  • Bienes de equipo
  • Energía eléctrica
  • Energía nuclear
  • Importaciones

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid