limo. Sr.: Vista la propuesta formulada por el magnífico y excelentísimo señor Rector de la Universidad de Valencia, en solicitud de modificación del Plan de Estudios de la Facultad de Filología de dicha Universidad, aprobado por Resolución de 19 de diciembre de 1973 («Boletín Oficial del Estado» de 10 de enero de 1974), modificado por Orden ministerial de 8 de noviembre de 1978 («Boletín Oficial del Estado» de 24 de enero de 1979) el correspondiente al primer ciclo, y por Orden ministerial de 18 de abril de 1978 («Boletín Oficial del Estado» de 1 de agosto) el correspondiente al segundo ciclo;
Considerando que dicha propuesta ha sido favorablemente informada por la Junta Nacional de Universidades, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37.1, de la Ley 44/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa,
Este Ministerio ha dispuesto:
Se modifica el Plan de Estudios del primer ciclo de la Facultad de Filología de la Universidad de Valencia, en el sentido de que se incluyan las asignaturas de «Gramática Normativa Valenciana I» y «Gramática Normativa Valenciana II» en los cursos primero y segundo, respectivamente.
Dichas asignaturas serán impartidas, con carácter gradual, en un primer curso la asignatura, de «Gramática Normativa Valenciana I» y en el siguiente curso la de «Gramática Normativa Valenciana II», y tendrán carácter obligatorio para los alumnos de las Secciones de Filología Hispánica y Filología Románica, y carácter voluntario para los alumnos de las Secciones de Filología Clásica y Filología Anglogermánica.
Se modifica el Plan de Estudios del segundo ciclo de la referida Facultad, que quedará estructurado conforme figura en el anexo de la presente Orden.
Lo digo a V. I. a los efectos consiguientes.
Dios guarde a V. I.
Madrid 29 de enero de 1979.–P. D., el Subsecretario, Miguel Angel Sánchez-Terán Hernández.
limo. Sr. Director general de Universidades.
FILOLOGIA HISPANICA
Especialidad de Lengua española
Cuarto curso:
Historia del español.
Comentario de textos I.
Literatura española Media y del Siglo de Oro.
Latín vulgar.
Historia lingüística del País Valenciano.
Quinto curso:
Metodología de la formalización lingüística.
Dialectología española.
Literatura española moderna y contemporánea.
Dialectología valenciana.
Lengua portuguesa.
Especialidad de literatura española
Cuarto curso:
Literatura española Media y del Siglo de Oro.
Literatura hispanoamericana I.
Historia del español.
Literatura catalana I.
Literatura galaico-portuguesa.
Quinto curso:
Literatura española moderna y contemporánea.
Literatura hispanoamericana II.
Comentario de textos II.
Metodología de la formalización lingüística.
Literatura catalana II.
Especialidad de Filología valenciana
Cuarto curso:
Historia de la lingüística del País Valenciano I.
Literatura catalana.
Latín vulgar.
Historia del español.
Comentario de textos I.
Quinto curso:
Dialectología valenciana.
Literatura catalana II
Historia de la lingüística del País Valenciano II.
Comentario de textos II.
Metodología de la formalización lingüística.
Observación general:
El número de horas lectivas teóricas semanales no deberá exceder de 20, ni de 25, incluidas las prácticas.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid