Ilmo. Sr.; El artículo 39.1 de la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa, establece que tendrán acceso a las enseñanzas del segundo cicló de educación universitaria los alumnos que hayan obtenido el título de Ingeniero Técnico de la especialidad correspondiente.
Por Orden de este Departamento de 31 de julio de 1974, se determinaron los requisitos docentes de acceso al citado ciclo y nivel de los Ingenieros Técnicos Aeronáuticos que han obtenido su título con arreglo al plan de estudios experimental iniciado en las Escuelas Universitarias de Ingeniería Técnica Aeronáutica en el curso 1971/72.
La experiencia adquirida en la aplicación de la mencionada Orden ministerial, ha aconsejado al Rectorado de la Universidad Politécnica de Madrid proponer determinadas modificaciones en las materias que constituyen el curso de adaptación para el acceso al 4.º curso de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Aeronáuticos de los Ingenieros Técnicos a que se refiere la Orden de este Departamento de 31 de julio de 1974.
En su virtud, con el informe favorable de la Junta Nacional de Universidades, y de conformidad con lo establecido en el artículo 37.1 de la Ley General de Educación,
Este Ministerio ha dispuesto:
El curso de adaptación que habrán de superar los Ingenieros Técnicos Aeronáuticos a que se refiere esta Orden para acceder al 4.º curso del plan de estudios de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Aeronáuticos de la Universidad Politécnica de Madrid estará integrado por las asignaturas que figuran en el anexo de esta Orden.
Las convalidaciones de asignaturas relativas a los cursos 4.º, 5.º y 0.º del plan de estudios de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Aeronáuticos para los alumnos que superen el curso de adaptación y procedan de las especialidades de Ingeniería, Técnica Aeronáutica, serán las que figuran en el anexo de esta Orden.
Lo que comunico a V. I.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 8 de febrero de 1979.‒P. D., el Subsecretario, Miguel Ángel Sánchez-Terán Hernández.
Ilmo. Sr. Director general de Universidades.
ESPECIALIDAD DE AERONAVES Y AEROMOTORES
A) Asignaturas de curso completo:
‒ Análisis matemático.
‒ Elasticidad y Resistencia de materiales.
‒ Mecánica de fluidos.
B) Asignaturas cuatrimestrales:
‒ Termodinámica y Física atómica y nuclear.
‒ Mecánica.
‒ Electricidad y Electrotecnia.
‒ Química de los materiales aeroespaciales.
ESPECIALIDAD DE NAVEGACION Y CIRCULACION AEREA
A) Asignaturas de curso completo:
‒ Análisis matemático.
‒ Elasticidad y Resistencia de materiales.
‒ Mecánica de fluidos.
B) Asignaturas cuatrimestrales:
‒ Termodinámica y Física atómica y nuclear.
‒ Mecánica.
‒ Electricidad y Electrotecnia.
‒ Química de los materiales aeroespaciales.
‒ Dibujo y Geometría descriptiva.
ESPECIALIDAD DE AEROPUERTOS Y TRANSPORTE AEREO
A) Asignaturas de curso completo:
‒ Análisis matemático.
‒ Elasticidad y Resistencia de materiales.
‒ Mecánica de fluidos.
b) Asignaturas cuatrimestrales:
‒ Termodinámica y Física atómica y nuclear.
‒ Mecánica.
‒ Electricidad y Electrotecnia.
‒ Química de los materiales aeroespaciales.
ESPECIALIDAD DE MATERIALES AERONAUTICOS Y ARMAMENTO AEREO
A) Asignaturas de curso completo:
‒ Análisis matemático.
‒ Elasticidad y Resistencia de materiales.
‒ Mecánica de fluidos.
B) Asignaturas cuatrimestrales:
‒ Termodinámica y Física atómica y nuclear.
‒ Mecánica.
‒ Electricidad y Electrotecnia.
‒ Química de los materiales aeroespaciales.
Además, los alumnos de todas las especialidades deberán cursar en 4.º curso de la carrera «Métodos matemáticos» como asignatura dependiente del curso de adaptación e incompatible a efectos de examen con «Análisis matemático».
Convalidaciones de asignaturas del plan de estudios de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Aeronáuticos para los alumnos que superen el curso de adaptación y procedan de las especialidades de Ingeniería Técnica Aeronáutica que se especifican
ESPECIALIDAD DE AERONAVES, MISILES Y MOTOPROPULSORES
Cuarto curso
Estructuras: Convalidación parcial a la especialidad A).
Opción A), Aeronaves:
‒ Motores; Convalidación total a las especialidades A) y B).
Opción B), Propulsión y Misiles: Convalidación parcial a las especialidades A) y B).
Quinto curso
Fabricación y Organización de la producción: Convalidación total a las especialidades A), B) y E).
Metalotecnia: Convalidación parcial a las especialidades A) y B) y convalidación total a la especialidad E).
Opción A), Aeronaves:
‒ Aerorreactores y Motores cohete: Convalidación parcial a la especialidad B).
Opción B), Propulsión y Misiles:
‒ Aerorreactores: Convalidación parcial a la especialidad B).
Sexto curso
Helicópteros y Aeronaves diversas: Convalidación parcial a la especialidad A).
Opción A), Aeronaves:
‒ Misiles y Vehículos espaciales: Convalidación parcial a la especialidad E).
‒ Instalaciones de Avión: Convalidación parcial a las especialidades A) y B).
Opción B), Propulsión y Misiles:
‒ Misiles y Vehículos espaciales: Convalidación parcial a la especialidad El.
‒ Motores cohete: Convalidación parcial a la especialidad B).
ESPECIALIDAD DE AEROPUERTOS, NAVEGACION Y TRANSPORTE AEREO,
Cuarto curso
Estructuras: Convalidación parcial a la especialidad D).
Electrónica: Convalidación total a la especialidad C).
Opción D), Aeropuertos y Transporte aéreo:
‒ Topografía, Geodesia y Fotogrametría: Convalidación parcial a las especialidades C) y D),
‒ Edificios e Instalaciones de aeropuertos: Convalidación parcial a la especialidad D).
Quinto curso
Fabricación y Organización de la producción: Convalidación parcial a la especialidad C).
Opción C), Navegación y Transporte aéreo:
‒ Radar y Ayudas: Convalidación total a la especialidad C).
‒ Instalaciones de Aeropuertos: Convalidación total a la especialidad D).
Sexto curso
Economía y Administración de las Empresas: Convalidación parcial a la especialidad D).
Electrotecnia eronáutica: Convalidación parcial a las especialidades C) y D).
Transporte aéreo: Convalidación parcial a la especialidad C) y total a la especialidad D).
Opción C), Navegación y Transporte aéreo:
‒ Navegación y Circulación aérea: Convalidación parcial a la especialidad C).
‒ Meteorología: Convalidación parcial a las especialidades C) y D).
Opción D). Aeropuertos y Transporte aéreo:
‒ Aeropuertos II e Instalaciones de aeropuertos: Convalidación parcial a la especialidad D).
‒ Navegación y Circulación aérea: Convalidación parcial a la especialidad C).
ESPECIALIDADES DE LA INGENIERIA TECNICA AERONAUTICA
A = Aeronaves.
B = Aeromotores.
C = Navegación y Circulación aérea.
D = Aeropuertos y Transporte aéreo.
E = Materiales aeronáuticos y Armamento aéreo.
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