En uso de las atribuciones conferidas a la Dirección del Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza (ICONA) en el artículo octavo, apartado c), del Decreto 639/1972, de 9 de marzo, y previa autorización del excelentísimo señor Ministro de Agricultura en 4 de mayo de 1979,
Esta Dirección ha resuelto delegar en los Inspectores regionales y en los Jefes de los Servicios Provinciales de este Organismo la facultad de representar al mismo en los contratos que para la limpieza de los locales en que se encuentran ubicadas dichas unidades administrativas hayan de formalizarse en lo sucesivo.
Madrid, 31 de mayo de 1979.–El Director, José Lara Alén.
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