Ilmo. Sr.: Vista la propuesta de las Universidades Complutenses de Madrid y de Alcalá de Henares, de adscripción a esta última de determinados centros dependientes actualmente de la primera, a efectos, fundamentalmente, de desempeñar las funciones de supervisión establecidas en el artículo 34 de la Ley General de Educación, una vez que la indicada Universidad de Alcalá de Henares ha quedado desvinculada de la Complutense en virtud de la Orden ministerial de 28 de agosto de 1978,
Teniendo en cuenta lo dispuesto en la mencionada Ley General de Educación, en la disposición final cuarta del Decreto 1541/1972, de 15 de junio, en el párrafo segundo de la Orden ministerial de 22 de enero de 1973 y en el artículo sexto del Real Decreto 1502/1977, de 10 de junio,
Este Ministerio ha dispuesto:
1. Quedan adscritos a la Universidad de Alcalá de Henares todos los centros docentes de cualquier grado y clase, dependientes actualmente de la Universidad Complutense de Madrid, situados en la provincia de Guadalajara, y en la localidad de Alcalá de Henares.
2. Quedan, igualmente incorporados a la indicada Universidad, los Institutos Nacionales de Bachillerato de la provincia de Madrid: «Complutense» y número 2 de Alcalá de Henares, de Arganda del Rey, de Coslada, de San Fernando de Henares y de Torrejón de Ardoz, así como sus respectivos centros adscritos.
Por la Dirección General de Universidades se dictarán las medidas pertinentes para el cumplimiento y desarrollo de lo dispuesto en la presente Orden.
Lo que comunico a V. I.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 20 de febrero de 1979.
CAVERO LATAILLADE
Ilmo. Sr. Director general de Universidades.
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