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Documento BOE-A-1979-7244

Orden de 20 de febrero de 1979 por la que se modifica la de 5 de octubre de 1972, sobre composición de la Comisión Permanente de Faros.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 61, de 12 de marzo de 1979, páginas 6205 a 6205 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1979-7244
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1979/02/20/(7)

TEXTO ORIGINAL

Excelentísimos señores:

La actual composición de la Comisión Permanente de Faros, que fue establecida por Orden de la Presidencia del Gobierno de 5 de octubre de 1972, debe ser modificada en lo que se refiere a las representaciones atribuidas en ella a los distintos Departamentos ministeriales como consecuencia de la nueva estructuración de determinados órganos de la Administración Central del Estado, establecida por el Real Decreto 1558/1977, de la Presidencia del Gobierno, de 4 de julio, y la del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo, aprobada por el Real Decreto 754/1978, de 14 de abril, de manera que responda a la distribución de funciones relacionadas con las señales marítimas en dichas disposiciones.

En su virtud a propuesta de los Ministros de Obras Públicas y Urbanismo, de Defensa y de Transportes y Comunicaciones, esta Presidencia del Gobierno dispone:

Primero.

La composición de la Comisión Permanente de Faros será la siguiente:

Presidente: El Subdirector general de Proyectos y Explotación de la Dirección General de Puertos y Costas.

Vicepresidente: El Jefe del Gabinete Técnico de dicha Dirección General.

Vocales:

Un representante del Cuartel General de la Armada del Ministerio de Defensa, designado por dicho Cuartel General.

Un representante de la Subsecretaría de Pesca y Marina Mercante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, designado por dicha Subsecretaría.

Un representante de la Subsecretaría de Aviación Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, designado por dicha Subsecretaría; y

El Jefe del Servicio de Señales Marítimas de la Dirección General de Puertos y Costas del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo.

Será Vocal Secretario un Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos de la Dirección General de Puertos y Costas designado por el Director general de la misma.

Segundo.

1 El Presidente de la Comisión será sustituido en caso de ausencia por el Vicepresidente de la misma.

2. Los restantes Vocales serán sustituidos en los casos de ausencia por suplentes designados para cada uno de ellos con carácter permanente por el mismo Organismo que haya de designar al titular.

Tercero.

Queda derogada la Orden de 5 de octubre de 1972, que determinó la composición de la Comisión Permanente de Faros.

Lo que digo a VV. EE.

Dios guarde a VV. EE.

Madrid, 20 de febrero de 1979.

OTERO NOVAS

Excmos. Sres. Ministros de Obras Públicas y Urbanismo, de Defensa y de Transportes y Comunicaciones.

 

 

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 20/02/1979
  • Fecha de publicación: 12/03/1979
  • Fecha de derogación: 08/03/1996
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
Materias
  • Comisión Permanente de Faros
  • Dirección General de Puertos y Costas

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