En virtud de lo previsto en el apartado 3.° del artículo 1.° del Real Decreto 933/1979, de 27 de abril, en relación con el articulo 4.° de la Ley de Procedimiento Administrativo y la Ley de Entidades Estatales Autónomas de 26 de diciembre de 1958, previa la aprobación del señor Ministro, acuerdo:
1.° Delegar la contratación del personal laboral de los servicios periféricos en los Directores de los Centros de la Administración Institucional de la Sanidad Nacional, continuando el Subdirector general de Centros Sanitarios Asistenciales con la delegación establecida en la Resolución de esta Secretaría de Estado de 28 de septiembre de 1979, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 247, de 15 de octubre último, para la contratación de personal laboral correspondiente a los Servicios Centrales.
2.° Las atribuciones delegadas, conforme a lo que antecede, podrán ser objeto en cualquier momento de avocación.
3.° La presente delegación entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 11 de enero de 1980.–El Secretario de Estado para la Sanidad, José María Segovia de Arana.
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