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Documento BOE-A-1980-705

Orden de 26 de diciembre de 1979 por la que se modifica el anexo II de la Ordenanza de Trabajo para la Pesca en Buques Congeladores de 19 de diciembre de 1974.

Publicado en:
«BOE» núm. 10, de 11 de enero de 1980, páginas 796 a 797 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo
Referencia:
BOE-A-1980-705
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1979/12/26/(5)

TEXTO ORIGINAL

Ilmos. Sres.: El artículo 76 de la Ordenanza de Trabajo para la Pesca Marítima en Buques Congeladores, de 19 de diciembre de 1974, establece que «periódicamente podrá procederse a la revisión de los salarios base de la presente Ordenanza, siempre que el crecimiento del índice del costo de la vida en el conjunto nacional, de acuerdo con los datos del Instituto Nacional de Estadística, sea igual o superior al cinco por ciento (5 por 100); revisión que se efectuará por los trámites de la Ley de 16 de octubre de 1942».

Solicitada al amparo de dicho precepto la revisión de los salarios base, la Dirección General de Trabajo, previos los asesoramientos reglamentarios, propone una nueva tabla de salarios consistentes en incrementar la vigente, establecida en el anexo II de la Ordenanza, en el porcentaje autorizado por el Real Decreto 1955/1979, de 3 de agosto, sobre revisión del criterio salarial de referencia establecido en el Real Decreto-ley 49/1978, de 26 de diciembre, sobre política de rentas y empleo, en el quinto año de vigencia de la Ordenanza.

Este Ministerio, en uso de las facultades conferidas y previo dictamen de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, ha tenido a bien disponer:

1.º Aprobar la modificación elaborada por la Dirección General de Trabajo, de los salarios base del anexo II de la Ordenanza de Trabajo para la Pesca Marítima en Buques Congeladores de 19 de diciembre de 1974.

2.° Publicar en el «Boletín Oficial del Estado» esta Orden y anexo de la misma, que entrará en vigor con efectos de 1 de mayo de 1979.

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a VV. II.

Madrid, 26 de diciembre de 1979.

CALVO ORTEGA

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de Trabajo.

ANEXO II
Modificación del anexo número II. Salario base de la Ordenanza de Trabajo en Buques Congeladores
  Pesetas mensuales
1. TITULADOS
1.1. Oficiales
1.1.1. Puente y cubierta:  
Capitán. 37.198
Piloto. 33.481
Primer Oficial. 31.623
Oficial. 29.764
1.1.2. Máquinas:  
Maquinista naval Jefe. 36.273
Oficial de máquinas de primera clase. 31.623
Oficial de máquinas do segunda clase. 29.764
1.1.3. Radiotelegrafía:  
Radiotelegrafista de primera. 29.764
Radiotelegrafista de segunda. 27.905
1.1.4. Fonda:  
Sobrecargo. 31.623
Auxiliar de Sobrecargo. 24.182
1.1.5. Servicios especiales:  
Médico. 33.481
Científico con título facultativo superior. 31.623
Ayudante Técnico Sanitario. 24.182
1.2. Formación Profesional Náutico-Pesquera
1.2.1. Puente y cubierta:  
Patrón de pesca de altura. 26.047
Patrón de pesca de litoral de primera clase. 24.182
Patrón de pesca de litoral de segunda clase. 22.316
1.2.2. Máquinas:  
Mecánico naval Mayor. 25.393
Mecánico naval de primera clase (vapor y motor). 22.881
Mecánico naval de segunda clase (vapor y motor). 21.023
1.2.3. Radiotelefonía:  
Radiotelefonista naval. 20.458
Radiotelefonista naval restringido. 18.599
2. MAESTRANZA
2.1. Puente y cubierta
Contramaestre de pesca. 25.584
Contramaestre. 18.599
Armador de artes. 18.599
Carpintero. 16.740
Pañolero de cubierta. 16.740
Cocinero. 15.808
2,2. Máquinas
Contramaestre de máquinas o Calderetero. 18.599
Contramaestre Electricista. 18.599
Pañolero de máquinas. 16.740
2.3. Cámaras de congelación
Contramaestre de congelación. 18.599
Frigorista. 16.740
Ayudante Frigorista. 15.808
3. SUBALTERNOS
3.1. Especialistas
Marinero pescador (Pescamar). 15.808
Electricista. 15.808
Engrasador. 15.808
Cabo de agua. 15.808
Fontanero plomero. 15.808
Redero de mar. 15.808
3.2. Simples subalternos
Pescador. 14.882
Carpintero ayudante. 14.882
Mozo. 14.882
Fogonero. 14.882
Palero. 14.882
Limpiador. 14.882
Marmitón. 14.882
Aprendiz. 11.165
4. INSPECCION
4.1. Jefe de Inspección. 44.633
4.2. Inspector. 37.198

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 26/12/1979
  • Fecha de publicación: 11/01/1980
  • Entrada en vigor: con efectos de 1 de mayo de 1979.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el Anexo II de la Ordenanza de 19 de diciembre de 1974 (Ref. BOE-A-1974-2045).
  • CITA:
Materias
  • Buques
  • Marinas Mercante y de Pesca
  • Pesca marítima
  • Reglamentaciones Nacionales de Trabajo

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